Decisión de Tribunal Primero de Juicio del Trabajo de Yaracuy, de 17 de Marzo de 2010

Fecha de Resolución17 de Marzo de 2010
EmisorTribunal Primero de Juicio del Trabajo
PonenteMaría Zuleima González
ProcedimientoCobro De Prestaciones Sociales Y Otros Conceptos

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY

ACTA DE AUDIENCIA

ASUNTO Nº UP11-L-2009-000177

En el día de hoy, Miércoles diecisiete (17) de Marzo del año dos mil diez (2010), siendo las nueve (09:00 AM) horas de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar la audiencia oral y pública con motivo de la pretensión POR COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES interpuesta por los ciudadanos A.A., R.F.A.C., O.E.A.G., M.A.C.C., E.A.C.O., R.A.F.G., E.J.F.B., A.F.L.R., F.A.L.B. y G.A.P. MATEY, CONTRA: CONSTRUCCIONES CAMACHO , C.A,. y como tercero llamado a Juicio ASOCIACIÓN CIVIL S.E., todos plenamente identificados en autos. Seguidamente se procedió a la verificación de las partes dejándose constancia que se encuentra presente: por la parte demandante dos (02) de los actores ciudadanos E.A.C.O. y R.F.A.C., venezolanos mayores de edad, titulare de las cédulas de identidad Nros. 7.893.400, y 7.582.940, representados en este acto por los profesionales del derecho G.E.C.R. y D.A.C. R., inscritos en el INPREABOGADO bajo los Nros. 65.407 y 65.218 respectivamente; Así mismo en representación de la demandada de autos se encuentra el Abogado en ejercicio: M.A.A.S., inscrito en el Inpreabogado bajo el N. 92.444, y en representación del tercero llamado a juicio la profesional del derecho ANNELIESSE M.F., inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 86.398. Acto seguido y una vez verificada la asistencia de las partes se declaró constituido este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, con la presencia de la ciudadana Juez Abg. M.Z.G. y la secretaria ABG. G.K.V.A. y el Alguacil I.S..------------------- La Juez instó a las partes al uso de los medios alternos de resolución de conflicto, desprendiéndose de la exposición de las partes la imposibilidad a la conciliación.--------------------------------------------

Posteriormente se dio inicio a la presente audiencia.---------------------------------------------------------

Seguidamente toma la palabra la parte demandante a través del Abg. G.C., supra identificado, quien expuso los fundamentos de hechos y de derecho en los que apoya su pretensión y consignan legajo de copias en folios 108 y sus vueltos contentiva de un pliego de peticiones y convención colectiva de la empresa demandada en 32 folios.--------------------------------

Posteriormente toma la palabra la parte demandada, a través del abg. M.A.A.S., arriba identificado, quien expuso los argumentos de hecho y de derecho en los que fundamenta su defensa y solicitó la suspensión del juicio en razón al procedimiento interpuesto ante el Tribunal Contencioso Administrativo.----------------------------------------------------------------

Subsiguientemente toma la palabra la representación del tercero llamado a juicio, a través de la abg. ANNELIESSE M.F., ya identificada, quien expuso los argumentos de hecho y de derecho en los que fundamenta su defensa.----------------------------------------------------------------

Ambas partes hicieron uso de su derecho a replica y contrarreplica.---------------------------------------

Posteriormente se procedió a la evacuación de las pruebas.------------------------------------------------

Parte demandante:-------------------------------------------------------------------------------

  1. Copias certificadas de los expedientes administrativos Nros. 072-2007-01-00140 y 072-2008-01-00007 (f. 104 al 137 y 138 al 171, pieza N° 1). Ni la representación judicial de la parte demandada, ni la del tercero llamado a juicio hicieron observaciones.--------------------

    La representación judicial de la parte demandante ratifica dicha prueba, e indica la Inmovilidad existente basado en el pliego de peticiones.------------------------------------------

  2. Prueba de Exhibición:-------------------------------------------------------------------------------------

    - Recibos de pago: No fué exhibida.------------------------------------------------------------------------

    - Exhibición de nóminas de pago semanal llevados por la empresa desde el 1°-6-2007 hasta el 1°-1-2008. No fué exhibida.-------------------------------------------------------------------------

    - Exhibición de original de horarios de trabajo establecidos y publicados en lugares visibles por la empresa desde el 1°-6-2007 al 1°-1-2008. No fué exhibida.---------------------------------------------

    La representación judicial de los demandantes solicitaron la aplicación del efecto de la no exhibición.------------------------------------------------------------------------------------------------------------

  3. Prueba de informe dirigida a la Inspectoría del Trabajo del estado Yaracuy. Al respecto por haber sido admitida esta prueba en fecha 26-10-2009 se libró el oficio conducente, no obstante, el promovente de la misma renunció expresamente a ella mediante diligencia de fecha 27-1-2010 cursante al folio 95 de la segunda pieza.-----------------------------------------

    Demandada Construcciones Camacho, C.A.----------------------------------------------------

  4. Certificación de paralización de obra (f. 180, pieza N° 1). Rechazó e impugnó en todas y cada una de sus partes, por considerara que debió realizarse ante el Órgano administrativo, correspondiente.------------------------------------------------------------------------

    El apoderado de la demandada ratificó la prueba.-------------------------------------------------------------

  5. Planillas de liquidación de prestaciones sociales de los ciudadanos G.P., Ander Lozada y R.A. (f. 181, 182 y 183, 1° pieza). La representación judicial de la parte demandante establece que se evidencia la relación de trabajo, pero que no es el tiempo allí indicado, el reclamado, indicando que con ello la demandada reconoce los beneficios contractuales.---------------------------------------------------------------------------------

    Codemandada Asociación Civil “Santa Eduviges” (tercero).----------------------------------

  6. Copia certificada de contrato de obra (f. 187 al 193, pieza N° 1). La representación judicial de los demandantes indican que de allí se desprende la relación contractual entre dicha asociación con la demandada, estableciendo que nada tiene que ver tal Asociación con los reclamantes, por tal motivo rechazó dicha prueba alegado que nada aporta al proceso.-----

    La representación de la asociación ratifica la prueba.---------------------------------------------------------

    La representación judicial de la parte demandada solicita que se aclare que es lo que esta rechazando el apoderado de los actores.------------------------------------------------------------------------

    El apoderado de los demandantes indica que rechaza el contenido por no aportar nada al proceso.--

  7. Valuaciones de obra (f. 194 al 211, 1° pieza). El apoderado de la parte demandante indica que en la misma se refleja la relación entre la asociación civil y el demandado y nada tiene que ver dicha Asociación.--------------------------------------------------------------------------------

    La apoderada de la Asociación Civil ratifica la prueba--------------------------------------------------------

  8. Recibos de pago por valuación de obra (f. 212 al 275, pieza N° 1). La representación Judicial de la parte demandante los rechaza indicando que no aporta nada al proceso y que allí se verifica la responsabilidad de la demandada--------------------------------------------------

    La apoderada de la Asociación Civil ratifica la prueba---------------------------------------------------------

  9. Programa de financiamiento OCV Recursos FAOV (f. 276 al 281, 1° pieza). La representación judicial de la parte demandante indica que impugna por ser copia y por no aportar nada al proceso.---------------------------------------------------------------------------------

    La apoderada de la Asociación Civil ratifica la prueba--------------------------------------------------------

  10. Acta de inicio de obra (f. 282, pieza N° 1). La representación de la parte demandante indica en auto no hay fecha de paralización, y que la obra no ha finalizado.--------------------

    La apoderada de la Asociación Civil ratifica la prueba--------------------------------------------------------

  11. Acta de paralización de obra (f. 283, 1° pieza). La representación de la parte demandante establece que solo existe una relación civil con la empresa demandada, y ratifica que el terceto no tiene que ver con lo demandado.----------------------------------------------------------

    La apoderada de la Asociación Civil ratifica la prueba--------------------------------------------------------

  12. Minuta de reunión (f. 284 y 285, pieza N° 1). La representación de la parte demandante rechaza e impugna por ser copia y no aportar nada al proceso.----------------------------------

    La apoderada de la Asociación Civil ratifica la prueba--------------------------------------------------------

    La ciudadana juez se reservó el lapso de 60 minutos para dictar el dispositivo del fallo, y concluido el mismo, el Tribunal pasa a dictar el dispositivo del fallo el cual es del siguiente tenor: En virtud de las razones expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: IMPROCEDENTE el alegato de PREJUDICIALIDAD formulado por la parte demandada. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la pretensión por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES interpuesta por los ciudadanos A.A., R.F.A.C., O.E.A.G., M.A.C.C., E.A.C.O., R.A.F.G., E.J.F.B., A.F.L.R., F.A.L.B. y G.A.P. MATEY, CONTRA: CONSTRUCCIONES CAMACHO , C.A,. y como tercero llamado a Juicio ASOCIACIÓN CIVIL S.E., todos plenamente identificados en autos, TERCERO: Sin lugar la demanda de tercería contra la Asociación Civil “Santa Eduviges” . CUARTO: Se condena a la demandada de autos, cancelar a los actores, las cantidades y conceptos señalados en el texto íntegro de la sentencia. QUINTO: No se condena en costas a la demandada, por no haber vencimiento total. SEXTO: El Tribunal se reserva el lapso establecido en el artículo 159 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo para la publicación del texto íntegro de la sentencia. SEPTIMO: SIN LUGAR la prescripción interpuesta por la representación judicial de la parte demandada. OCTAVO. Se ordena a la secretaria agregar a los autos, lo consignado por la representación judicial de la parte demandante.----------------------------------------

    Se deja constancia de que la audiencia se reprodujo en forma audiovisual.-------------------------------

    La Juez Primero de Primera Instancia de Juicio;

    Abg. M.Z.G.D.G.

    Por la Demandante: Por la Demandada:

    E.A.C.O. Abg. M.A.A.S.,

    R.F.A. C. Abg. ANNELIESSE M.F.

    Abg. G.E.C.R.

    Abg. y D.A.C. R.

    La Secretaria;

    Abg. G.K.V.A.

    EL ALGUACIL

    I.S.

    UP11-L-2009-000177

    PIEZA Nº DOS (02)

    MZG/veragrek*.-

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