Decisión de Juzgado Primero de los Municipios Libertador y Santos Marquina de Merida, de 18 de Marzo de 2008

Fecha de Resolución18 de Marzo de 2008
EmisorJuzgado Primero de los Municipios Libertador y Santos Marquina
PonenteFrancina Rodulfo
ProcedimientoResoluciòn Contrato Arrendamiento

GADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y S.M.D. LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, Dieciocho de M.d.D.M.O..

197º Y 148º

EXP. N° 7106

Vista la Transacción celebrada entre las partes intervinientes en el presente juicio, que obra en el folio treinta y dos (32) del presente expediente, donde de común acuerdo y en fundamento a lo estipulado en el artículo 256 de la Vigente Ley Adjetiva Civil, suscriben la transacción que por RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, siguen los abogados A.P.R. Y B.C. PEÑA VERA, Apoderadas Judiciales del ciudadano PASQUALE MUTONE BARBATI, Contra: J.J.A.R.. En tal sentido este Despacho, luego de un riguroso y minucioso análisis de los puntos que conforman este acuerdo de voluntades, llega al convencimiento procesal que el mismo no vulnera el orden público, ni trasgrede ninguna disposición legal; que en este arreglo se ha dado estricto cumplimiento al Derecho a la Defensa e igualdad de las partes en el debido proceso, premisas constitucionales éstas de indubitable cumplimiento para una sana, recta Administración de Justicia, tal como así lo prescriben hoy día los Artículos 26, 49, 253, 254, y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, por consiguiente es Forzoso concluir, que se acuerda y así se decreta de acuerdo a lo previsto en el artículo 256 de la vigente Ley Adjetiva Civil, en concordancia, con los también vigentes artículos 1713 y 1718 del Código Sustantivo Civil, LA HOMOLOGACION DE LA TRANSACCION, impartiéndole el carácter de Sentencia Pasada con Autoridad de Cosa Juzgada, se da por terminado el juicio y se ordena el archivo del expediente.

LA JUEZ:

ABG. FRANCINA M. RODULFO A.

LA SECRETARIA:

ABG. SUSANA E. PARRA C.

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