Decisión nº 473 de Juzgado Primero de Primera Instancia del Trabajo, Tránsito y Agrario de Barinas, de 19 de Noviembre de 2009

Fecha de Resolución19 de Noviembre de 2009
EmisorJuzgado Primero de Primera Instancia del Trabajo, Tránsito y Agrario
PonenteJosé Gregorio Andrade
ProcedimientoCumplimiento De Contrato

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS.

AUDIENCIA PRELIMINAR

EXP Nº 5178.

En el día de hoy, Jueves Diecinueve (19) de Noviembre de Dos Mil Nueve (2009), siendo las Diez (10:00) de la mañana, fecha y hora fijados por este Tribunal para la celebración de la AUDIENCIA PRELIMINAR tal como lo establece el articulo 231 de la Ley de Tierra y Desarrollo Agrario, en el presente juicio de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE COMPRA, Exp. Nº 5178, intentado por el ciudadano PEÑALOZA M.O., en contra de la Empresa AGROPECUARIA SANTIAGO C.A., representada por el ciudadano M.S.G.S., en la cual cada parte deberá expresar si conviene en alguno o algunos de los hechos que trata de probar la contraparte, determinándolo con claridad; aquellos que consideren admitidos o probados con las pruebas aportadas con la demanda y la contestación. Debidamente constituido el Tribunal, presidido por el ciudadano Juez abogado J.G.A.P., la Secretaria Abog. J.W.S. P y el Alguacil Abog. H.A.R.. El ciudadano Juez ordena al Alguacil verificar la presencia de las partes, siendo informado que en la Sala, se hicieron presentes los abogados V.R.M., venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-3.499.770, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 21.916, Apoderado Judicial del ciudadano: O.P.M., con el carácter de demandante; los abogados J.F.G.T. y M.J.A., venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nro. V- 1.987.079, 3.592.314 inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 5.535 y 12.076, apoderados judiciales de La AGROPECUARIA SANTIAGO C.A.. Se hizo el anuncio del Acto y el Juez seguidamente informa a las partes sobre la naturaleza y finalidad de la Audiencia prevista en el artículo 231 y siguientes de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, igualmente informa a los presentes sobre las normas a seguir establecidas en la puerta del Tribunal. En este estado, se hizo el anuncio del Acto y el Juez seguidamente informa a las partes sobre la naturaleza y finalidad de la Audiencia, informando a los presentes sobre las normas a seguir establecidas en la puerta del Tribunal y a objeto de evitar dilaciones del proceso les informa la debida compostura. Se les concedió el derecho de palabra a las partes; concluido el tiempo de exposición el Juez da por finalizado el presente acto, dejando constancia que la actual Audiencia Preliminar fue debidamente grabada y filmada por el ciudadano H.A.R., en una video grabadora, asignada a este Tribunal, que la correspondiente filmación reposaran en la Caja Fuerte del Tribunal con su nomenclatura respectiva, y será transcrita posteriormente para ser agregada al expediente de lo cual las partes asistentes al acto están totalmente de acuerdo.- Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.

ABG. J.G.A..

JUEZ.

ABOGADO APODERADO DE LA PARTE DEMANDANTE.

APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA.

EL ALGUACIL,

Abg. J.W.S.P.

SECRETARIA.

JGAP/JWSP/nh.

EXP Nº 5178.

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