Decisión de Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de Tachira (Extensión San Cristóbal), de 21 de Octubre de 2008

Fecha de Resolución21 de Octubre de 2008
EmisorJuzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
PonenteReina Mayleni Suarez Salas
ProcedimientoRectificacion De Partida De Nacimiento

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. San Cristóbal, veintiuno de Octubre de dos mil ocho.-

197º y 149º

Recibido por Distribución constante todo de (10) folios útiles. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. De conformidad con lo solicitado y por ser el pedimento formulado por el ciudadano A.V.M.M., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.310.394, asistida por el Abogado R.L.M.M., inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 48.724, este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley y por tratarse el presente caso de un simple error material y con fundamento a lo establecido en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, SE DECLARA PROCEDENTE el pedimento formulado por el ciudadano A.V.M.M., ya identificado y revisada como ha sido la documentación presentada considera que aparece incorrectamente el apellido del solicitante ” MALLOMA”, siendo lo correcto “MALLAMA”. Y ASI SE DECIDE. En consecuencia ofíciese al Registro Civil del Municipio Bolívar y al Registro Principal del Estado Táchira, a fin de que sea estampada la correspondiente nota marginal al

Acta de Matrimonio Nº 74 de fecha 16 de Marzo de 1994, perteneciente a los ciudadanos A.V.M.M. y M.N.T.D.. Expídase las copias certificadas.-

R.M.S.S.

JUEZ TITULAR I.J.U.D.

Secretaria

Made

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