Decisión nº 903 de Juzgado de los Municipios Junin y Rafael Urdaneta de Tachira, de 11 de Febrero de 2008

Fecha de Resolución11 de Febrero de 2008
EmisorJuzgado de los Municipios Junin y Rafael Urdaneta
PonenteAna Ramona Acuña
ProcedimientoHomolog. Oblig. Alimentaria

JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. Rubio, Once de Febrero de dos mil Ocho.

197º y 148º

Visto el ofrecimiento hecho por el Ciudadano: F.J.V.M., titular de la Cédula de Identidad N° V- 7.815.443, en fecha 31 de Enero de 2.008, la cual corre al folio 166, el cual fue aceptado por la ciudadana: R.A.G.C., titular de la Cédula de identidad N° 9.144.107, en diligencia de fecha 01 de Febrero de 2.008, la cual corre al folio 169. Visto lo anterior este Tribunal acuerda de conformidad al artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente otorgarle su HOMOLOGACIÓN, a fin que se proceda como Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada y se le de Fuerza Ejecutiva, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley. Así mismo se acuerda oficiar a la Dirección General de Planificación y Desarrollo de Recursos Humanos del Ministerio del Poder Popular para la Infraestructura, Caracas. Distrito Capital, a los fines de que se realicen los descuentos del aumento de obligación alimentaria acordado entre las partes, del sueldo que devenga el obligado Ciudadano: F.J.V.M., titular de la Cédula de Identidad Nº V- 7.815.443, Sargento Mayor de Transito. Líbrese oficio, a partir del 01 de Marzo de 2.008. CUMPLASE.

Dada, Sellada, Firmada y Refrendada en el Despacho del Juzgado de los Municipios Junín y R.U.C.J.d.E.T..

Abg. A.R.A.

Jueza Provisoria

Abg. Z.C.R.P..

Secretaria Temporal

En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior librándose oficio Nº 3170- y se dejo copia para el archivo del Tribunal.

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