Decisión de Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Trabajo de Anzoategui (Extensión El Tigre), de 20 de Julio de 2004

Fecha de Resolución20 de Julio de 2004
EmisorJuzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Trabajo
PonenteElaine Gamardo
ProcedimientoCobro De Prestaciones Sociales Y Otros Conceptos

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE:

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRANSITO Y DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI.

SENTENCIA DEFINITIVA

COMPETENCIA: TRABAJO

EXPEDIENTE Nro. 20.329

JUICIO: VARIOS CONCEPTOS LABORALES.-

DEMANDANTE: A.J.S.R., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad nro. 8.460.627, de este domicilio.-

DOMICILIO PROCESAL: No constituyó.

ABOGADO ASISTENTE: A.V., inscrito en el Inpreabogado bajo el nro. 49.550.-

DEMANDADO: Empresa SERVICIOS PETROLEROS FLINT, C.A. y P.D.V.S.A., PETROLEO Y GAS, S.A. -

APODERADOS: G.P.A., R.M. y N.M., inscritos en el Inpreabogado bajo los nros. 9.266, 10.923 y 41.890, respectivamente.-

DOMICILIO PROCESAL: Escritorio Jurídico PERDOMO MARTÍNEZ, Avenida F.d.M., Edificio El Coloso, segundo piso, Oficina 203, El Tigre, Estado Anzoátegui.

Se inició la presente causa por escrito de demanda por VARIOS CONCEPTOS LABORALES, incoada por el ciudadano A.J.S.R., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad nro. 8.460.627, de este domicilio, en contra de las Empresas SERVICIOS PETROLEROS FLINT, C. A. y P.D.V.S.A., PETROLEO Y GAS, S.A.- Admitida la demanda y antes de la oportunidad para el acto de la contestación de la misma, las partes celebraron transacción, solicitando la homologación correspondiente, otorgándole el carácter de cosa juzgada y se ordene el archivo del expediente.- En consecuencia, éste Tribunal para decidir observa:

UNICO

Constatado de las actuaciones cursantes en autos, que las partes que celebraron la transacción tienen legitimación procesal y capacidad para disponer del objeto sobre el cual versa esta controversia y no existiendo prohibición legal alguna sobre esta materia, ello es suficiente para darle la aprobación de este Tribunal y así se decide.-

Por lo antes expuesto, éste Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN a la Transacción celebrada por las partes en el presente juicio, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, otorgándole el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.- Asimismo, se da por terminado el presente proceso y archívese el expediente.- Así se decide.-

Regístrese, publíquese y déjese copia certificada.-

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en El Tigre, a los veinte (20) días del mes de Julio de 2004.- AÑOS: 193° de la Independencia y 145° de la Federación.-

La Juez Temp.,

Dra. Elaina Gamardo Ledezma

La Secretaria,

Abg. M.Q.E..

En esta misma fecha siendo las once y quince (11:15) de la mañana, se dictó y publicó la anterior sentencia.- Conste,

La Secretaria,

Abg. M.Q.E.

Exp. Nro. 20.329

EGL/mdem

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