Decisión de Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de Anzoategui (Extensión Barcelona), de 24 de Marzo de 2015

Fecha de Resolución24 de Marzo de 2015
EmisorJuzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
PonenteJoaquin José Bello Figuera
ProcedimientoRetracto Legal Arrendaticio

N° Expediente : BP02-V-2013-000255 N° Sentencia : Fecha: 24/03/2015 Procedimiento:

Retracto Legal Arrendaticio

Partes:

A.R.A.G. VS.LOS CIUDADANOS N.E.E.R. Y HECTOR LUIS MORFE BOUTTO

Resumen:

En consecuencia, se deja establecido que la contestación de la demandada se verificará tal y como lo dispone el ordinal 4° del Artículo 358 del Código de Procedimiento Civil, lapso que comenzará a computarse una vez que conste en autos la última notificación que e las partes se practique, de la presente decisión. Así se decide en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. Publíquese, Regístrese. Déjese Copia. Notifíquense a las partes de la presente decisión.- No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente incidencia.-

Juez/Ponente:

Joaquin José Bello Figuera

Organo:

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