Decisión de Tribunal Segundo de control, audiencia y medidas con competencia en materia de Violencia contra la Mujer de Carabobo (Extensión Valencia), de 27 de Febrero de 2009

Fecha de Resolución27 de Febrero de 2009
EmisorTribunal Segundo de control, audiencia y medidas con competencia en materia de Violencia contra la Mujer
PonenteNancy Godoy López
ProcedimientoCese De Medidas

Valencia, 27 de febrero de 2009

Años 198º y 150º

ASUNTO: GP01-S-2008-001420

JUEZ: ABG. N.G.

FISCAL: Abg. M.E.P., Fiscal Trigésima Primera (A) del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo

IMPUTADO: A.E.A., venezolano, natural de valencia, de 48 años de edad, fecha de nacimiento 28-09-1960, titular de la cedula N° 7.031.582, residenciado en Viviendas de Bárbula, Segunda vereda Casa Nº 93-64, Naguanagua Estado Carabobo, hijo de C.A. y A.T., teléfono 0412-1584310 y 866-17-11.

DEFENSA: Abg. J.C..

DECISIÓN: Cese de las Medidas en v.d.A.F.

Visto el escrito presentado por la Fiscal Trigésima Primera del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Abg. M.E.P., el cual guarda relación con la causa seguida al ciudadano A.E.A., por la presunta comisión del delito de ACOSO u HOSTIGAMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 40 de la Ley Orgánica sobre el derecho de las Mujeres a una V.L.d.V., donde la Fiscalía 31º del Ministerio Público del Estado Carabobo decretó el archivo fiscal de las actuaciones, de conformidad con lo previsto en el artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal, sin perjuicio de la reapertura de la investigación de llegar a obtenerse nuevos elementos.

Este Tribunal para decidir observa:

PRIMERO

En fecha 23-10-2.008, este Tribunal Decretó MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD al ciudadano A.E.A., por la presunta comisión del delito de ACOSO u HOSTIGAMIENTO, previsto y sancionado en el Art. 40 de la Ley orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una V.l.d.V., de conformidad con el artículo 92 ordinal 7º y las medidas de protección y seguridad contenidas en el articulo 87 ordinales 5º y 6º, todos de la Ley orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una V.l.d.V..

SEGUNDO

En fecha 25-02-09, la Fiscalía Trigésima Primera del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, informa a este Tribunal que Decretó el Archivo Fiscal, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 315 del Código Orgánico Procesal Penal, en la causa seguida al ciudadano A.E.A..

TERCERO

El artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal, establece que:

Cuando el resultado de la investigación resulte insuficiente para acusar, el Ministerio Público decretará el archivo de las actuaciones, sin perjuicio de la reapertura cuando aparezcan nuevos elementos de convicción. De esta medida deberá notificarse a la victima que haya intervenido en el proceso. Cesara toda medida cautelar decretada contra los imputados antes identificados a cuyo favor se acuerda el archivo. En cualquier momento la víctima podrá solicitar la reapertura de la investigación indicando las diligencias conducentes.

En virtud de lo antes expuesto este Tribunal Segundo de Primera Instancia en función de Control Audiencia y Medidas con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA el cese de manera inmediata las medidas impuesta por este Tribunal en fecha 10-2.008, en virtud de la MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD decretada al ciudadano A.E.Á., por cuanto la Fiscalía Trigésima Primera del Ministerio Público del Estado Carabobo, ha decretado el Archivo Fiscal, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 315 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes. Ofíciese al Equipo Multidisciplinario. Remítase la actuación a la Fiscalía Trigésima Primera del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, en su oportunidad. Cúmplase.

Abg. N.G.

Jueza Segunda de Primera Instancia

en Función de Control Audiencia y Medidas

Abg. M.G.R.M.

La Secretaria

ASUNTO: GP01-S-2008-001420

Hora de Emisión: 1:03 PM

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