Decisión de Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de Anzoategui (Extensión Barcelona), de 1 de Julio de 2008
Fecha de Resolución | 1 de Julio de 2008 |
Emisor | Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente |
Ponente | Ana Jacinta Durán |
Procedimiento | Disposicion De Bienes |
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, primero de julio de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO: BP02-S-2008-002876
Por recibida la anterior solicitud de DISPOSICION DE BIENES, propuesta por la ciudadana A.M.C., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V- 4.213.688, debidamente asistido por la Defensora Pública Primera del Sistema de Protección, abogada M.A., a favor del niño xxxxxx, junto con los recaudos que en ella se mencionan, toda constante de doce (12) folios útiles; anótese en los libros respectivos, por cuanto la misma no es contraria a derecho, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Sala de Juicio N°.02 la ADMITE, y en consecuencia, a los fines de proveer sobre la presente solicitud, ORDENA: 1). oficiar al Gerente del Banco de Venezuela, ubicado en Barcelona, Estado Anzoategui, a fin de que se sirva remitir a este Tribunal Protección del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio Nº. 02, en cheque de Gerencia no endosable a nombre de la ciudadana A.M.C., ya identificada, en su condición de abuela paterna n.X. la CUOTA PARTE, que le pueda corresponder por concepto de los ahorros depositados en la cuenta N° 01020515890100004651, que le pudiera corresponder al niño xxxxxx, en su condición de heredero de su padre ciudadano DAIMER J.L.C., quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-8.284.800, fallecido Ab-intestato, el día 10/01/2006. 2). Oficiar al Jefe de Recursos Humanos de la Policía del Estado Anzoátegui, ubicada en el crucero de Lechería, Barcelona, Estado Anzoátegui, la CUOTA PARTE correspondiente de las Prestaciones Sociales y cualquier otro beneficio perteneciente al niño de autos 3) al Jefe de la Oficina Administrativa del Instituto venezolano de Los Seguros Sociales, Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, a los fines de que participarle que queda autorizada suficientemente la ciudadana A.M.C., abuela paterna y representante legal del niño del xxxxxxxx, para que tramite y cobre todo lo relacionado con la Pension por Sobreviviente, para la cual cotizaba su difunto padre, ya identificado, del cual es beneficiario su nieto el n.X.. 3). Notifíquese a la Fiscal Décimo Quinto del Ministerio Público, del inicio de la presente solicitud. Cúmplase.
LA JUEZ UNIPERSONAL SALA N° 02.
DRA. A.J.D..-
LA SECRETARIA.
ABOG. F.M.A..
En la misma fecha del auto anterior se le dio cumplimiento a todo lo ordenado en él.
LA SECRETARIA.
ABOG. F.M.A..
Alicia.-