Decisión de Juzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo de Aragua, de 15 de Julio de 2014

Fecha de Resolución15 de Julio de 2014
EmisorJuzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo
PonenteMargarita Garcia
ProcedimientoQuerella Funcionarial

JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.

Maracay, Quince (15) de julio de 2014.

204° y 155°

Vista la diligencia estampada en fecha 14 de julio de 2014, por la ciudadana abogada Haira R.P., inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado (IPSA) bajo el Nº 59.488, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte querellante, diligencia mediante la cual expone lo siguiente: “Omissis…Pido a los de practicar la notificación del Municipio querellado ordenada por el tribunal en el presente expediente en fecha 26 de mayo de 2014, se comisione al Juzgado Ordinario y ejecutor de Medidas del Municipio Urdaneta del estado Aragua, con sede en Barbacoas. Asimismo ruego se designe mi persona Haira R.P. correo especial para llevar el despacho de comisión, así como para traer las resultas…” En vista de lo solicitado, este Juzgado Superior evidencia de las actuaciones procesales que conforman la presente causa, que en fecha 26 de mayo de 2014, mediante auto se ordeno el Reingreso de la presente causa; ordenándose la notificación del ciudadano Sindico Procurador del Municipio R.G.U., y en vista de que dicha notificación no ha sido debidamente realizada, este Tribunal Superior ordena comisionar amplia y suficientemente al Juzgado De Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio R.G.U.d.E.A., a los fines de que practique la Notificación ordenada en el auto de reingreso de fecha 26 de mayo de 2014 por este Juzgado Superior, en consecuencia, de conformidad con lo solicitado por la parte diligenciante se designa como correo especial a la ciudadana abogada Haira R.P., inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado (IPSA) bajo el Nro. 59.488, a los fines de que lleve y traiga el despacho de comisión acordado así como también traer devueltas las resultas de las mismas. En consecuencia se ordena al Alguacil de este Juzgado hacer entrega del citado oficio, debiendo ésta dejar constancia en autos en prueba de haberlas recibido. Cúmplase.

LA JUEZ SUPERIOR TITULAR,

DRA. M.G.S..

LA SECRETARIA

ABG. SLEYDIN REYES.

EXP. N° DE01-G-2009-000132-

Numero Antiguo: 9.605.-

MGS/SR/gavs.

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