Sentencia nº 598 de Tribunal Supremo de Justicia - Juzgado de Sustanciación - Sala Electoral de 30 de Julio de 2014

Fecha de Resolución30 de Julio de 2014
EmisorJuzgado de Sustanciación - Sala Electoral
PonenteJuzgado de Sustanciación

Numero : 598 N° Expediente : 2005-000127 Fecha: 30/07/2014 Procedimiento:

Auto ordenando notificación

Partes:

A.T.H., Vs. el proceso electoral celebrado en el Colegio de Odontólogos del Estado Lara, para elegir a la Junta Directiva y Tribunal Disciplinario del referido Colegio, cuyo acto de votación y escrutinio fue realizado en fecha 29-11-2005 y cuya Acta de Totalización, Adjudicación y Proclamación fue dictada por la Comisión Electoral " Ad- Hoc " de ese Gremio en fecha 07-12-2005.

Decisión:

Vista la Sentencia N° 116 del 15-07-2014, se acordó notificar a la ciudadana A.T.H. (parte recurrente), a la Comisión Electoral Ad-Hoc y a la Junta Directiva del Colegio de Odontólogos de Venezuela, así como al ciudadano P.Q..

Ponente:

Juzgado de Sustanciación ----VLEX----

SALA ELECTORAL

Caracas, 30 de julio de 2014

204º y 155º

Vista la Sentencia N° 116 dictada por esta Sala Electoral en fecha 15 de julio de 2014, en la cual se ORDENÓ notificar a los miembros de la Comisión Electoral Ad-Hoc y de la Junta Directiva del Colegio de Odontólogos de Venezuela, a fin de que informen dentro de los tres (3) días de despacho siguientes a que consten en autos sus notificaciones, el estado actual de la ejecución de la decisión N° 15 dictada el 6 de febrero de 2007, en los términos indicados en la motiva de la decisión, se acuerda notificar a la ciudadana A.T.H. (parte recurrente), a la Comisión Electoral Ad-Hoc y a la Junta Directiva del Colegio de Odontólogos de Venezuela, así como al ciudadano P.Q. el referido fallo, anexándoles copia certificada de la mencionada decisión. Líbrese Boletas y Oficios.

El Presidente,

F.R. VEGAS TORREALBA

La Secretaria,

P.C.G.

Exp. Nº AA70-E-2005-000127

FRVT/pc

Caracas, 30 de julio de 2014

Oficio Nº 14-443

Ciudadana

T.L.

Presidenta del C.N.E. de la República Bolivariana de Venezuela

Su Despacho.-

Atención: Comisión Electoral Ad-Hoc designada para el caso

del Colegio de Odontólogos de Venezuela, integrada por los ciudadanos P.C., Isnelda Mendía y L.F.

Tengo a bien dirigirme a ustedes a fin de notificarles que esta Sala el 15 de julio de 2014, dictó sentencia N° 116 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar por el abogado R.R.B.U., inscrito en el Inpreabogado bajo el número 49.220, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana A.T.H., titular de la cédula de identidad Nº 3.246.187, contra la elección de la Junta Directiva y Tribunal Disciplinario del Colegio de Odontólogos de Venezuela celebrada en fecha 29 de noviembre de 2005. En dicha decisión, se ORDENÓ notificar a los miembros de la Comisión Electoral Ad-Hoc y de la Junta Directiva del Colegio de Odontólogos de Venezuela, a fin de que informen dentro de los tres (3) días de despacho siguientes a que consten en autos sus notificaciones, informen el estado actual de la ejecución de la decisión N° 15 dictada el 6 de febrero de 2007, sobre los siguientes aspectos: 1.- Conformación actual de la Junta Directiva del Colegio de Odontólogos de Venezuela; 2.- Actuaciones llevadas a cabo a fin de dar cumplimiento a lo ordenado por la Sala Electoral en su sentencia Nro. 15 del 6 de febrero de 2007, con énfasis en el período comprendido entre el 14 de agosto de 2012 y la presente fecha; 3.- Circunstancias por las cuales no se ha dado cumplimiento a lo ordenado en dicha decisión, de ser éste el caso, y; 4.- Cualquier otro hecho que estimen pertinente informar a esta Sala, relacionado con la pretendida ejecución forzosa. A tal efecto se remite copia certificada del fallo dictado en fecha 15 de julio de 2014.

Atentamente,

F.R. VEGAS TORREALBA

Presidente de la Sala Electoral

EXP. Nº AA70-E-2005-000127

ANEXO: LO INDICADO

FRVT

B O L E T A

Caracas, 30 de julio de 2014

204º y 155º

SE HACE SABER:

Al ciudadano P.Q., titular de la cédula de identidad N° 13.303.357, que esta Sala en fecha el 15 de julio de 2014 dictó sentencia N° 116 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar por el abogado R.R.B.U., inscrito en el Inpreabogado bajo el número 49.220, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana A.T.H., titular de la cédula de identidad Nº 3.246.187, contra la elección de la Junta Directiva y Tribunal Disciplinario del Colegio de Odontólogos de Venezuela celebrada en fecha 29 de noviembre de 2005. En dicha decisión, se ORDENÓ notificar a los miembros de la Comisión Electoral Ad-Hoc y de la Junta Directiva del Colegio de Odontólogos de Venezuela, a fin de que informen dentro de los tres (3) días de despacho siguientes a que consten en autos sus notificaciones, informen el estado actual de la ejecución de la decisión N° 15 dictada el 6 de febrero de 2007. A tal efecto se remite copia certificada del fallo dictado en fecha 15 de julio de 2014.

Se servirá firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.

El Presidente,

F.R. VEGAS TORREALBA

La Secretaria,

P.C.G.

Firma:________________

Fecha:________________

Se anexa lo indicado

EXP. Nº AA70-E-2005-000127

FRVT/pc

B O L E T A

Caracas, 30 de julio de 2014

204º y 155º

SE HACE SABER:

A la ciudadana A.T.H., titular de la cédula de identidad Nº 3.246.187, y/o su apoderado judicial abogado R.R.B.U., inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 49.220, que esta Sala en fecha el 15 de julio de 2014 dictó sentencia N° 116 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar por Usted, contra la elección de la Junta Directiva y Tribunal Disciplinario del Colegio de Odontólogos de Venezuela celebrada en fecha 29 de noviembre de 2005. En dicha decisión, se ORDENÓ notificar a los miembros de la Comisión Electoral Ad-Hoc y de la Junta Directiva del Colegio de Odontólogos de Venezuela, a fin de que informen dentro de los tres (3) días de despacho siguientes a que consten en autos sus notificaciones, informen el estado actual de la ejecución de la decisión N° 15 dictada el 6 de febrero de 2007. A tal efecto se remite copia certificada del fallo dictado en fecha 15 de julio de 2014.

Se servirá firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.

El Presidente,

F.R. VEGAS TORREALBA

La Secretaria,

P.C.G.

Firma:________________

Fecha:________________

Se anexa lo indicado

EXP. Nº AA70-E-2005-000127

FRVT/pc

Caracas, 30 de julio de 2014

Oficio Nº 14-442

Ciudadanos

PRESIDENTE DE LA JUNTA DIRECTIVA DEL COLEGIO DE ODONTÓLOGOS DE VENEZUELA Y DEMÁS INTEGRANTES

Su Despacho.-

Tengo a bien dirigirme a ustedes a fin de notificarles que esta Sala el 15 de julio de 2014, dictó sentencia N° 116 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar por el abogado R.R.B.U., inscrito en el Inpreabogado bajo el número 49.220, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana A.T.H., titular de la cédula de identidad Nº 3.246.187, contra la elección de la Junta Directiva y Tribunal Disciplinario del Colegio de Odontólogos de Venezuela celebrada en fecha 29 de noviembre de 2005. En dicha decisión, se ORDENÓ notificar a los miembros de la Comisión Electoral Ad-Hoc y de dicha Junta Directiva del Colegio de Odontólogos de Venezuela, a fin de que informen dentro de los tres (3) días de despacho siguientes a que consten en autos sus notificaciones, informen el estado actual de la ejecución de la decisión N° 15 dictada el 6 de febrero de 2007, sobre los siguientes aspectos: 1.- Conformación actual de la Junta Directiva del Colegio de Odontólogos de Venezuela; 2.- Actuaciones llevadas a cabo a fin de dar cumplimiento a lo ordenado por la Sala Electoral en su sentencia Nro. 15 del 6 de febrero de 2007, con énfasis en el período comprendido entre el 14 de agosto de 2012 y la presente fecha; 3.- Circunstancias por las cuales no se ha dado cumplimiento a lo ordenado en dicha decisión, de ser éste el caso, y; 4.- Cualquier otro hecho que estimen pertinente informar a esta Sala, relacionado con la pretendida ejecución forzosa. A tal efecto se remite copia certificada del fallo dictado en fecha 15 de julio de 2014.

Atentamente,

F.R. VEGAS TORREALBA

Presidente de la Sala Electoral

EXP. Nº AA70-E-2005-000127

ANEXO: LO INDICADO

FRVT

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