Decisión de Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de Yaracuy, de 1 de Agosto de 2007

Fecha de Resolución 1 de Agosto de 2007
EmisorJuzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
PonenteMaría Camacaro
ProcedimientoTitulo Supletorio

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY. San Felipe, 01 de Agosto de 2007. Años: 197° y 148°.

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: C.Y.C. y O.W.Q.G., titulares de las cédulas de Identidad Nos. 7.518.537 y 16.481.887, respectivamente, ambos domiciliados en el Municipio la Trinidad del estado Yaracuy; sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO sobre unas bienhechurías fomentadas en un lote de terreno propiedad Municipal, que mide Sesenta y Cinco metros con Noventa y Seis centímetros (65,96 Mts) de frente por Cuarenta y Nueve metros (49,00 Mts) de fondo, lateral derecho Ciento Cinco metros con Ochenta centímetros (105,80 Mts) lateral izquierdo Ciento Treinta y Dos metros (132,00 Mts), para un total de Seis Mil Ochocientos Dieciocho metros con Noventa y Dos centímetros cuadrados (6.818,92 M2), ubicado en la Avenida Páez entre entrada Principal de la Urbanización S.B. y Callejón Cedeño, Buena Vista, Municipio la Trinidad del estado Yaracuy; cuyos linderos son: NORTE: Avenida Páez; SUR: Campo de Softbol; ESTE: Avenida Páez; y OESTE: Entrada Principal S.B., sobre su superficie existen tres construcciones especificadas así: C1: Una vivienda construida con paredes de bloques de cemento, techo de asbesto, piso de cemento pulido, con un área de 37,76 M2. C2: Existe una vivienda particular construida con paredes de bloques de cemento, piso de cemento pulido, techo de platabanda, distribuida de la siguiente manera: 01 cocina/comedor, 01 baño, 01 sala, 03 dormitorios y 01 porche con un área total de 74,88M2. C3: Existe una casa sin terminar con un área total de 77,22 M2, además posee árboles frutales tales como: 70 matas de aguacate, 04 matas de ciruela, 02 matas de mango, 25 cepas de cambur y plátanos, 05 matas de coco, 04 matas de limones, 09 matas de naranjo, 01 mata de cacao y 02 matas de café, cercado en su totalidad con paredes de bloques de cemento; a favor de la ciudadana A.T.N.G., venezolana, soltera, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad No. 3.259.841 y de éste domicilio. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le asignó el No. 686/2007.-

La Jueza,

Abg. M.d.L.C.d.A.,

La Secretaria,

Abg. K.M.L.R..-

En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas a la parte interesada.-

La Secretaria.-

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR