Decisión nº JUN-368-06 de Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y del Trabajo de Sucre (Extensión Carupano), de 7 de Junio de 2006

Fecha de Resolución 7 de Junio de 2006
EmisorJuzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y del Trabajo
PonenteSusana García de Malave
ProcedimientoExtensión De Pensión Al Seguro Social

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO Y BANCARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.

Carúpano, 07 de Junio del 2006

196° Y 147°

Sol. N° 4.881

SOLICITANTE: ANAIRUBIS DEL C.B.M.,

Titular de la Cédula de Identidad

Nº 17.624.426.

DOMICILIO PROCESAL: Urbanización Hato Romar I, casa N° B14,

Playa Grande Parroquia Bolívar, Municipio

Bermúdez del Estado Súcre.

APODERADO: No otorgó Poder.

MOTIVO: EXTENSIÓN DE PENSIÓN DEL SEGURO SOCIAL.

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA:

Vista la solicitud presentada por la ciudadana ANAIRUBIS DEL C.B.M., venezolana, mayor de edad, soltera, Estudiante Universitaria, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nº 17.624.426, asistida por la Abogada en ejercicio M.D.C.M., de este domicilio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 44.971, donde solicita a este Tribunal expida Autorización para que el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, le extienda la pensión del Seguro Social que correspondía a su difunto padre ALISAIN J.B.F., titular de la Cédula de Identidad Nº 9.902.699. Que a raíz del fallecimiento de su padre, el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (I.V.S.S), le otorgó a su madre ciudadana: D.D.C.M.U., una pensión de sobreviviente, con la cual coadyuvaba a su crianza, alimentación, vestido, calzado, y educación, y por cuanto actualmente cursa estudios de Licenciatura en Bioanálisis en la Universidad de Oriente, y el Seguro Social le retiró el beneficio de la pensión que como sobreviviente de su padre venía recibiendo, por ser mayor de edad y no cuenta con los recursos económicos financieros para cubrir los gastos QUE acarrean sus estudios Superiores en la nombrada Universidad y estudiada como ha sido la solicitud presentada, así como la pruebas aportadas por la solicitante, consistiendo las mismas en: Planilla de Declaración de Accidente expedida por el Instituto Venezolanos de Los Seguros Sociales; Planilla contentiva de ficha individual de accidente de su difunto padre; carta de soltería; Constancia de estudios, expedida de la Universidad de Oriente donde estudia Licenciatura en Bioanálisis. Y por cuanto de los recaudos presentados, se demostró lo alegado en la solicitud presentada, este Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, AUTORIZA para que el I.V.S.S. extienda a la ciudadana: ANAIRUBIS DEL C.B.M., titular de la Cédula de Identidad Nº 17.624.426, la Pensión de Seguro Social que le correspondía a su padre ciudadano: ALISAIN J.B.F., titular de la Cédula de Identidad Nº 9.902.699, DEJANDO A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS. Devuélvase todo original con sus resultados. Así se Decide.

La Juez,

Abg. S.G.d.M..

La Secretaria,

Abg. F.V.C..

Constante de Dieciséis (16) folios útiles, se devuelve todo original con sus resultados.-

La Secretaria,

Sol. N° 4.881. Abg. F.V.C..

SGDM/Fv/dr.

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