Decisión de Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de Anzoategui, de 5 de Mayo de 2009

Fecha de Resolución 5 de Mayo de 2009
EmisorJuzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo
PonenteMirna Mas Y Rubi Sposito
ProcedimientoRecurso De Nulidad

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental.

Barcelona, cinco de mayo de dos mil nueve

199º y 150º

ASUNTO: BP02-N-2008-000107

DEMANDANTE: A.S.d.V. C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, en fecha 25 de enero de 2001, bajo el Nº 19, Tomo A-5.

DEMANDADO: Inspectoría del Trabajo de los Municipios Anaco, Aragua de Barcelona, Freites, S.A., Libertad y Mac-Gregor del Estado Anzoátegui.

MOTIVO: Recurso de Nulidad.

Visto el desistimiento del procedimiento formulado por la Abogada Alexsaly Salaverria inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 109.045 en su carácter de la Sociedad Mercantil A.S.d.V. C.A. en fecha 2 de marzo de 2009, y por cuanto el mismo no es contrario a derecho, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:

Primero

HOMOLOGA el desistimiento, realizado de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil y se declara extinguida la instancia, de conformidad con lo establecido en el artículo 266 ejusdem.

Segundo

Se da por terminado el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad que incoara el Abogado Alexsaly en su carácter de la Sociedad Mercantil A.S.d.V. C.A. contra la Inspectoría del Trabajo de los Municipios Anaco, Aragua de Barcelona, Freites, S.A., Libertad y Mac-Gregor del Estado Anzoátegui

Tercero

Se ordena la remisión del presente expediente al Archivo Judicial de esta Circunscripción Judicial.

Déjese copia certificada

La Juez,

Dra. M.M. y R.S..

La Secretaria

Laz Abog. Mariela Trías Zerpa.

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