Decisión de Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de Yaracuy, de 4 de Julio de 2007

Fecha de Resolución 4 de Julio de 2007
EmisorJuzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
PonenteMaría Camacaro
ProcedimientoTitulo Supletorio

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

San Felipe, 04 de Julio de 2007.

Años: 197° y 148°

Vista las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada ciudadanos: C.N.C., Venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de Identidad No. 3.707.077 y domiciliado en Urbanización Los Pinos calle 9 numero 8 Municipio Independencia del Estado Yaracuy y SOSA CORTEZ P.A., Venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de Identidad No. 2.132.218 y domiciliado entre 7 y 8 calle 3 numero 47 zumuco Municipio San F.d.E.Y.; sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO sobre unas bienhechurias construidas, en un área de terreno propiedad de la Municipalidad, que mide cuatrocientos metros cuadrados (400mts2), ubicada en la carretera Panamericana mata palo Municipio Autónomo Cocorote del Estado Yaracuy, constituida por seis (6) fundaciones con viga de arrastre y un lote de árboles frutales, comprendido dentro de los siguientes linderos particulares: NORTE: Con calle principal, SUR: Rio Pradera, ESTE: A.M. y OESTE: L.G.. A favor de la ciudadana: A.A.C.D.F., Venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad N° V-3.987.582 y de este domicilio. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le asignó el No. 549/2007.

La .Jueza,

Abg. M.d.L.C.d.A.L. .Secretaria,

Abog. K.M.L.R.

En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas a la parte interesada, constante de ( ) folios útiles.

La Secretaria,

Abog. K.M.L.R.

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