Decisión nº PJ0122012000581 de Tribunal Primero de Mediación, Sustanciación y Ejecución. Sede Punto Fijo de Falcon (Extensión Punto Fijo), de 14 de Agosto de 2012

Fecha de Resolución14 de Agosto de 2012
EmisorTribunal Primero de Mediación, Sustanciación y Ejecución. Sede Punto Fijo
PonenteJenny de Jesús Rodriguez Lamon
ProcedimientoCuratela

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Falcón, extensión Punto Fijo

Punto Fijo, catorce de agosto de dos mil doce

202º y 153º

ASUNTO: IP31-J-2012-000785

Vista la aceptación y Juramentación efectuada por ante este Tribunal por la ciudadana M.Y.C.D.M., titular de la cedula de identidad Nº V-7.528.817, para ejercer el cargo de curador AD-HOC, sobre las niñas (SE OMITE NOMBRE), hijas de los ciudadanos ANDREINE F.C.A. y D.J.P.R., titulares de la cedulas de identidad Nros. V-12.789.180 y V-9.698.764, y en razón de que la ciudadana ANDREINE F.C.A., contraerá nuevas nupcias, se nombrara curador AD-HOC, a la ciudadana M.Y.C.D.M., antes identificada, y lleno como están los requisitos exigidos por la Ley, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Falcón, extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en el nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DISCIERNE, el cargo de CURADOR AD-HOC, en la persona de la ciudadana M.Y.C.D.M., ya identificada, a fin de que lo ejerza, sobre las niñas (SE OMITE NOMBRE).

Expídase por secretaria copias certificadas por triplicado del presente discernimiento y entréguese a la parte interesada, a los fines de su publicación en la prensa y en su protocolización en la oficina de Registro Subalterno.-

Publíquese y Regístrese.

DADO, SELLADO Y FIRMADO EN EL DESPACHO DE LA JUEZA PRIMERA DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN A LOS CATORCE (14) DIAS DEL MES DE AGOSTO DE 2012.

ABG. J.R.L.

LA JUEZA PRIMERA DE PRIMERA INSTANCIA

EN MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN

EL SECRETARIO;

ABG. I.H.R.

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