Decisión de Corte de Apelaciones LOPNA de Cojedes, de 21 de Septiembre de 2006

Fecha de Resolución21 de Septiembre de 2006
EmisorCorte de Apelaciones LOPNA
PonenteNuma Humberto Becerra Contreras
ProcedimientoRecurso De Apleación De Sentencai

JUEZ PONENTE: N.H.B.

MOTIVO: ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE APELACION

DE SENTENCIA.

CAUSA N°: 102-06.-

Vista la apelación interpuesta por el ABG. A.B.M., Fiscal Quinto para el Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, contra la decisión dictada en fecha 06 de abril -2006 y publicada el 21 de abril de 2006, por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio N° 01, mediante la cual absuelve al adolescente (se omite el nombre del adolescente de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica de Protección del Niño y Adolescente), cumplidos como han sido los tramites procedimentales del caso in examine y encontrándose en esta Corte la oportunidad de pronunciarse sobre la ADMISIBILIDAD del recurso interpuesto en el caso de especie, pasa a hacerlo en a los siguientes términos:

PRIMERO

Confirmado que la decisión impugnada es de las que ponen fin al juicio, resulta aplicable en consecuencia el literal “D” del artículo 608 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente (L.O.P.N.A), en el cual se definen los fallos que admiten recurso de apelación.

SEGUNDO Conforme a lo dispuesto en el artículo 609 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente (L.O.P.N.A), el recurrente ABG. A.B.M., Fiscal Quinto para el Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, se encuentra legitimado para apelar del fallo que le causa a su juicio un agravio y así se declara.

TERCERO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 448 del Código Orgánico Procesal Penal, el recurrente disponía de 10 días para apelar del fallo, computados de conformidad con lo establecido en el art. 172 del Código Orgánico Procesal Penal. Ahora bien, como quiera que la decisión fue notificada al Ministerio Público en la mi21sma fecha es decir el día 21-04-2006, y el recurso de apelación de autos fue interpuesto el día 08-05-2006; tomando en cuenta los días de despacho, se constata que el presente recurso fue interpuesto en tiempo útil y así se declara.-

Así las cosas, por cuanto queda evidenciado que al recurso sub- júdice no le afectan ninguna de las causales de inadmisibilidad previstas en el artículo 437 del Código Orgánico Procesal Penal, norma esta que resulta aplicable por expresa remisión que hace la LOPNA en el artículo 613; esta Corte de Apelaciones, en mérito de lo expuesto lo declara: Admisible. Así se declara. En consecuencia se fija la audiencia oral respectiva para el día jueves 05-10-2006 a las 10:00 am. Así se declara.-

DISPOSITIVA:

Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones, Sala Especial de Responsabilidad Penal del Adolescente, en nombre de la República de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:

UNICO: A D M I T E el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano ABG. A.B.M., Fiscal Quinto para el Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, contra la decisión dictada en fecha 06 de abril -2006 y publicada el 21 de abril de 2006, por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio N° 01, mediante la cual absuelve al adolescente (se omite el nombre del adolescente de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica de Protección del Niño y Adolescente). En consecuencia se fija la audiencia oral respectiva para el día jueves 05 -10-2006 a las 10:00 am.

PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE A LAS PARTES. CÚMPLASE LO ORDENADO.

Dada, firmada y sellada en el Salón de Audiencias de la Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, en San Carlos, a los veintiún (21) días del mes de septiembre de dos mil Seis (2006).- Años 196° de la Independencia y 147° de la Federación.-

Y.P.N.

PRESIDENTE DE LA SALA

N.H.B.. A.V.

JUEZ (PONENTE) JUEZ

MIGUELINA CAUTELA

SECRETARIA DE SALA ( T)

YPN/NHB/ AVC /MC/ arelys

Causa N° 102-06

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR