Decisión nº 599 de Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de Vargas, de 23 de Octubre de 2007

Fecha de Resolución23 de Octubre de 2007
EmisorTribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
PonenteGustavo Romero
ProcedimientoCobro De Prestaciones Sociales Y Otros Beneficios

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS

Maiquetía, veintitrés (23) de Octubre del dos mil siete (2007)

197° y 148°

ASUNTO: WP11-L-2007-000092

Visto que como consecuencia del incumplimiento de la parte demandada a la sentencia dictada en fecha treinta (30) de Abril del año dos mil siete (2007), y vencido como se encuentra el lapso para que la parte demandada diera cumplimiento voluntario al fallo; en consecuencia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo dispuesto en los Artículos 180 y 181 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se Procede a la Ejecución Forzosa. Se Decreta Medida de Embargo Ejecutivo sobre bienes propiedad de la parte demandada, hasta cubrir la cantidad de Ciento Veintiocho Millones Doscientos Setenta y Cuatro Mil Novecientos Setenta y Nueve Bolívares con Cincuenta y Cuatro Céntimos ( Bs. 128.274.979,54) que comprende el doble de la suma condenada, es decir, Sesenta y Cuatro Millones Ciento Treinta y Siete Mil Cuatrocientos Ochenta y Nueve Bolívares con Setenta y Siete Céntimos (Bs.64.137.489,77). En caso de embargar cantidades líquidas de dinero el embargo será por la cantidad de Sesenta y Cuatro Millones Ciento Treinta y Siete Mil Cuatrocientos Ochenta y Nueve Bolívares con Setenta y Siete Céntimos (Bs.64.137.489,77) que comprende la suma condenada. Este Tribunal fija como oportunidad para la práctica de la medida el día doce (12) de diciembre del año dos mil siete (2007), a la una de la tarde (01:00 p.m.). Cúmplase.

EL JUEZ

Dr. GUSTAVO ROMERO

EL SECRETARIO

Abg. WILLIAM SUAREZ

Partes: RONALD ALBERTO ANDUELA PÉREZ, URIEL ANTONIO URIBE Y NOEMÍ DEL VALLE LA ROSA G. VS ESTACIÓN DE SERVICIO TRÉBOL CRISAFULLI C.A. Y A SU FACTOR MERCANTIL, CIUDADANO C.J.A.B.

Motivo: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y DEMAS ACREENCIAS

GCM/AR/Pierina

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