Decisión de Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de Tachira (Extensión San Cristóbal), de 24 de Noviembre de 2005

Fecha de Resolución24 de Noviembre de 2005
EmisorJuzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
PonenteNelson Grimaldo Hernández
ProcedimientoRectificacion De Partida De Nacimiento

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. San Cristóbal, veinticuatro de Noviembre de dos mil cinco.-

195º y 146º

Recibido por Distribución constante todo de (16) folios útiles. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. De conformidad con lo solicitado y por ser procedente el pedimento formulado por la Abogada S.Y.G.G., inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 111.046, procediendo con el carácter de Apoderada del ciudadano A.E.B., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.427.216, tal y como consta en Poder Especial que le fuera conferido por ante la Oficina de Registro Público Inmobiliario de los Municipios Cárdenas Guásimos y A.B.d.E.T., en sus funciones notariales, de fecha 26 de Octubre de 2005, anotado bajo el N° 20, folios 42-43, tomo 05-A, Protocolo 3°, este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley y por tratarse el presente caso de un simple error material y con fundamento a lo establecido en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, SE DECLARA PROCEDENTE el pedimento formulado por la Apoderada del ciudadano A.E.B., ya identificado y revisada como ha sido la documentación presentada considera: PRIMERO: que la verdadera fecha de nacimiento del poderdante es 26 de Septiembre de 1.942, y no como incorrectamente aparece 23 de Septiembre de 1942, SEGUNDO: que el verdadero nombre del poderdante es A.E. y no como incorrectamente aparece A.A.. En consecuencia ofíciese al Registrador Civil del Municipio Cárdenas, del Estado Táchira, y al Registrador Principal del Estado Táchira a fin de que sea estampada la correspondiente nota marginal a la Partida de Nacimiento Nº 61 extendida por la Jefatura de Registro Civil de la Parroquia La F.d.M.C., Estado Táchira, de fecha 27 de Septiembre de 1942, y posteriormente inserta en los Libros de Registro Civil llevados por la Prefectura del Municipio Táriba del Distrito Cárdenas, bajo el N° 462, en fecha 6 de Octubre de 1942, perteneciente al ciudadano A.E.B.. Expídase copias certificadas.-

ABG. N.W.G.H.

JUEZ TEMPORAL

ABG. I.J.U.D.

SECRETARIA

Elena

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