Decisión de Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de Yaracuy, de 12 de Abril de 2007

Fecha de Resolución12 de Abril de 2007
EmisorTribunal de Protección del Niño y del Adolescente
PonenteFrank Santander
ProcedimientoExtensión De Pensión De Sobreviviente

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

San Felipe ¬¬¬¬12 de abril de 2007.

Años: 196° 148°

Vista la solicitud formulada por el ciudadano A.M.T., venezolano mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.645.482, en su carácter de representante (Tutor) de la adolescente Identidad Omitida de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, titular de la cédula de identidad Nro. 19.455.595, quien se encuentra asistida por la Abg. Anilec S.C., Defensora Pública Segunda del estado Yaracuy. Vista la partida de nacimiento de la adolescente antes mencionada, inserta al folio 4. Vista la c.d.f.d.v. inserta al folio 5. Vista la copia de la Autorización expedida en fecha 28 de marzo de 2001, por la Sala de Juicio (2) de este Tribunal, inserta al folio 6 del expediente para cobrar beneficios ante el Instituto Nacional de Nutrición. Vista la constancia de participación de la referida adolescente expedida por la Universidad Nacional experimental Politécnica de la Fuerza Armada Nacaional (U.N.E.F.A) del adolescente de autos, inserta al folio 9 del presente expediente. Visto el Nombramiento de Tutor de fecha 28 de marzo de 2001, dictada por la Sala de juicio N° 2 de este Tribunal y vista la notificación de la Fiscal Séptima del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, debidamente firmada en fecha 22-9-06 y agregada en la misma fecha; y por cuanto se desprende de autos que el adolescente Identidad Omitida de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, ha alcanzado su mayoría y aun se encuentra cursando estudios, lo que no le impide realizar actividades que le proporcionen ingresos que le permitan sufragar sus propias necesidades, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA: Conceder AUTORIZACIÓN al adolescente Identidad Omitida de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, antes identificado, para que continúe (extensión) cobrando ante el Instituto Nacional de Nutrición, la Pensión de Sobreviviente, dejado por su madre ciudadana GREGORIA TERAN C.I Nº 3.456.379, fallecida en fecha 14 de septiembre de 2000.

Expídase por secretaria copia certificada de la presente Autorización para que surta sus efectos legales. Certifíquese copia.

El Juez

Abg. Frank Santander Ramírez La Secretaria.

Abg. Teresa Castrillo

Sol. N° 1383/06

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