Sentencia nº 241 de Tribunal Supremo de Justicia - Juzgado de Sustanciación - Sala Político Administrativa de 31 de Mayo de 2012

Fecha de Resolución31 de Mayo de 2012
EmisorJuzgado de Sustanciación - Sala Político Administrativa
PonenteJuzgado de Sustanciación
ProcedimientoRecurso de Nulidad

SALA POLÍTICO ADMINISTRATIVA

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 31 de mayo de 2012

202º y 153º

Recibido el presente expediente de la Sala; y, habiéndose dado cuenta en fecha 24 de mayo de 2012, este Juzgado para decidir acerca de su admisibilidad, observa:

Mediante escrito presentando en fecha 10 de mayo de 2012, por el ciudadano H.J.A.S., actuando en nombre propio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 39.765, ejerció acción de nulidad contra el acto administrativo, contenido en la decisión de fecha 5 de marzo de 2010, dictada por la extinta Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial (ahora TRIBUNAL DISCIPLINARIO JUDICIAL), en la cual declaró “…SIN LUGAR el recurso de reconsideración interpuesto por el ciudadano H.J.A.S., contra la decisión dictada por es[a ]instancia disciplinaria el 25 de enero de 2010, publicada en extenso el 1 de febrero de 2010, la cual se confirma” (folio 99 del expediente).

Ahora bien, antes de proveer sobre la admisibilidad, resulta necesario solicitar el expediente administrativo, dado que no es posible establecer la fecha de la notificación (personal), en cuya virtud este Juzgado, acuerda oficiar al ciudadano Presidente del Tribunal Disciplinario, de conformidad con lo establecido en el artículo 79 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, solicitándole su remisión. Líbrese oficio, anéxese copia certificada del libelo y de la presente decisión.

La Jueza,

M.L.A.L.

La Secretaria,

N.d.V.A.

Exp. N° 2012-0714/DA-JS

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