Decisión de Tribunal Primero de Juicio del Trabajo de Yaracuy, de 14 de Octubre de 2010

Fecha de Resolución14 de Octubre de 2010
EmisorTribunal Primero de Juicio del Trabajo
PonenteMaría Zuleima González
ProcedimientoCobro De Prestaciones Sociales Y Otros Conceptos

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY

ACTA DE AUDIENCIA

ASUNTO Nº UP11-L-2009-000369

En el día de hoy, Jueves Catorce (14) de Octubre del año dos mil diez (2.010), siendo las nueve de la mañana (9:00 A.M.), oportunidad fijada para que tenga lugar la celebración de la audiencia oral y pública con motivo de la pretensión por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES seguido por el ciudadano A.E.P., titular de la cédula de identidad Nº V-13.651.317 contra el ciudadano B.C.C., titular de la cédula de identidad V.7.918.796. Tal y como estaba previsto, se anunció el acto a las puertas del Tribunal, procediendo a la verificación de la presencia de las partes, dejándose constancia que por la parte actora, comparece el actor: A.E.P., ya identificado, representado en este acto por la profesional del derecho: YUSBIRY C.P., inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº. 115.081. Por otro lado, se deja constancia que en representación de la parte demandada, comparece la abogada en ejercicio Z.N.I., inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº. 24.555.

En otro orden de enunciado, se deja constancia de la comparecencia de los testigos promovidos por la parte demandada, los ciudadanos: M.M., R.R.H., A.D. y G.R., titulares de las cédulas de Identidades Nros. V- 11.647.401, V- 15.338.860, V-11.097.673 y V-14.797.610 respectivamente. Mientras que por la parte actora comparecen los ciudadanos: L.T. Y J.G., titulares de las cédulas de Identidades Nros. V-10.367.813 y V-7.580.180 en su orden.

Seguidamente, se declara constituido el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, con la presencia de la ciudadana Juez Abogada M.Z.G.d.G., el secretario, R.E.A.A. y el Técnico Audiovisual y Alguacil J.G..

Acto seguido, tomo la palabra la ciudadana Juez quien insto a las partes al uso de los medios alternativos de resolución de conflictos, evidenciándose tanto de la exposición realizada por la parte demandada como actora la imposibilidad de alcanzar un acuerdo. Seguidamente, se concedió el derecho de palabra a la parte actora representado por la profesional del derecho: YUSBIRY C.P., ya identificada, quien expuso los fundamentos en los que se basa la pretensión del actor. Posteriormente, se concedió el derecho de palabra a la parte demandada representada por la profesional del derecho: Z.N.I., ya identificado, quien expuso los fundamentos en los que se basa la defensa. Ambas partes hicieron uso de su derecho a réplica y contrarréplica.

Seguidamente, se procedió a la evacuación de las pruebas aportadas al proceso por las partes:

PARTE DEMANDANTE:

  1. Prueba testimonial de los ciudadanos:

    - L.A.T.Q., identificado ut supra. Se le leyeron las generalidades de Ley, se le tomó Juramento, se le realizaron preguntas y repreguntas, y en las cuales expresó ser cuñado del actor.

    - J.E.G., identificado ut supra. Se le leyeron las generalidades de Ley, se le tomó Juramento, se le realizaron preguntas y repreguntas, y en las cuales expresó ser amigo del actor.

    Se deja constancia que los ciudadanos: A.L.T.J., L.A.T.J., A.J.Á.C. y Mistela O.T.M., no comparecieron al acto.

  2. Hoja de cálculo de prestaciones sociales (folio 77). Observaciones de la demandada: Solo determina que acudió a al inspectoría del Trabajo y no crea vinculación y no tiene carácter público, en tal sentido, lo rechazó. La parte promovente insiste en su pleno valor probatorio.

    PARTE DEMANDADA:

  3. Copia simples de recibos de pago (folios 50 al 52). Observaciones de la parte actora: Con relación al recibo cursante al folio 50 lo impugna por ser copia fotostática y no demuestra autenticidad y en relación al folio 51 la impugna por el mismo argumento anterior. La cursante al folio 52 la impugna por cuanto la misma emana de un tercero que no tiene relación al proceso y nada aporta nada al mismo. La parte promovente insiste en su pleno valor probatorio de las documentales cursante los folios 50 y 51, con relación al folio 52 manifiesta que no vino el testigo para ratificar el contenido.

  4. Informe de accidente (f. 53 al 73). Observaciones de la parte actora: No la impugna y acepta la aplicación de la comunidad de la prueba en la que ocurrió el hecho y evidencia la hora en la cual el trabajador se dirigía a su trabajo. La parte promovente señaló que la misma hace demostración del tiempo que duró el Trabajador incapacitado para laborar y no tiene relación con un accidente in itinere.

  5. Prueba de informe dirigida al Hospital Central Dr. P.D.R.R., San Felipe, Estado Yaracuy (folios 95 al 97). Observaciones de la parte actora: No la impugna e insiste en la aplicación de la comunidad de la prueba como evidencia de un accidente y que para el año 2006 el actor laboraba. La parte promovente señaló que ello demuestra lo alegado por ella y no un accidente in itinere.

  6. Prueba testimonial de los ciudadanos:

    - M.A.M.M., identificado ut supra. Se le leyeron las generalidades de Ley, se le tomó Juramento, se le realizaron preguntas. La parte actora impugnó al testigo por cuanto en sus respuestas fue inducido por la contraparte. Se le formularon repreguntas, la parte promovente insistió en su valor.

    - R.R.H., identificado ut supra. Se le leyeron las generalidades de Ley, se le tomó Juramento, se le realizaron preguntas y repreguntas.

    - G.J.R.M., identificado ut supra. Se le leyeron las generalidades de Ley, se le tomó Juramento, se le realizaron preguntas. La actora solicita que no se le de valor probatorio por cuanto el mismo es trabajador del demandado. La parte demandada insiste su valor probatorio. Se le hicieron repreguntas y desistió.

    - Á.C.D.L., identificado ut supra. Se le leyeron las generalidades de Ley, se le tomó Juramento, se le realizaron preguntas y repreguntas.

    En atención al ciudadano: Ylvis A.P.A.. El mismo no compareció al acto.

    Acto seguido, y al haber culminado la evacuación de la pruebas, este Tribunal pasa a reservarse el lapso de 60 minutos para dictar el dispositivo de la sentencia correspondiente.

    Vencido dicho lapso, la ciudadana Juez procedió a dictar el dispositivo del fallo, el cual es del siguiente tenor: En virtud de las razones expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES seguido por el ciudadano A.E.P. contra el ciudadano B.C.C., ambas partes plenamente identificadas a los autos; SEGUNDO: Se condena al demandado: B.C.C., titular de la cédula de identidad V.7.918.796, al pago de los montos y conceptos que se expresen en el texto integro de la sentencia; TERCERO: No hay expresa condenatoria en costas contra la demandada por cuanto no resultó vencida en su totalidad; CUARTO: El Tribunal se reserva el lapso establecido en el artículo 159 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo para la publicación del texto íntegro de la sentencia. QUINTO: Se deja constancia que la audiencia se reprodujo en forma audiovisual.

    LA JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO;

    ABG. M.Z.G.d.G.

    POR LA DEMANDANTE POR LAS DEMANDADA:

    A.E.P.

    Representado por:

    ABG: Z.N.

    ABG. YUSBIRY C.P.

    TESTIGOS: TESTIGOS:

    M.M.

    L.T.

    R.R.H.

    J.G.

    A.D.

    G.R.

    EL SECRETARIO,

    ABG. R.A.A.

    El Técnico Audiovisual/

    Alguacil.

    J.G.

    MZGdG/REA*

    +DIOS y FEDERACIÓN+

    UP11-L-2009-000369

    Pieza Nº 1

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