Decisión de Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control de Sucre (Extensión Carupano), de 30 de Marzo de 2015
Fecha de Resolución | 30 de Marzo de 2015 |
Emisor | Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control |
Ponente | Ysmenia Fernandez Hernandez |
Procedimiento | Acumulacion De Causas |
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSIÓN CARUPANO
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL
TRIBUNAL PENAL DE 1RA INSTANCIA ESTADALES Y MUNICIPALES EN FUNCIONES DE CONTROL
Carúpano, 30 de Marzo de 2015
204º y 156º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2015-000393
ASUNTO: RP11-P-2015-000393
ACORDANDO
ACUMULACION DE CAUSAS
En el día de hoy, 30 de marzo de 2015, se constituyó en la Sala de Transición, de éste Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, el Tribunal Cuarto de Control presidido por la Juez, Abg. Ysmenia S.F., acompañado de la Secretaria Judicial en funciones de sala, Abg. C.R.M. y el alguacil de Sala, con el objeto de llevar a cabo la celebración de la Audiencia Especial de entrega de Vehiculo, en el asunto RP11-P-2015-000393, solicitado por el Ciudadano A.J.R.U., A tales efectos, se verificó la presencia de las partes, estando presentes: el Solicitante A.J.R.U., el Abogado Asistente L.Y.C. y El Fiscal Primero Del Ministerio Público Abg J.M.M..
EXPOSICION FISCAL
En este estado solicita la palabra el Representante del Ministerio Público el cual expone: Buenos días a los presentes en sala consigno en este acto actuaciones complementarias del presente expediente contentiva de la negativa por parte del Ministerio de la entrega materia los vehículos solicitados en el RP11-P-2015-000393 Y RP11-P-2015-000251, los cuales entre si guardan relación ya que en las dos solicitudes los dos solicitantes alegan que son propietarios así mismo se consigna copias del titulo de propiedad de ambos, experticias hechas al vehiculo a los fines de colocarlos a disposición del tribunal, COMO PUNTO PREVIO la fiscalia del Ministerio Publico solicita LA ACUMULACIÓN de las causas: RP11-P-2015-000393 Y RP11-P-2015-000251, ya que las dos causas guardan relación con el mismo vehiculo. Es todo.
EXPOSICION DEL ABOGADO ASISTENTE
En este estado solicita la palabra el Abogado Asistente L.Y.C. el cual expone: Vista la solicitud realizada por el Fiscal del Ministerio Publico y al mismo tiempo señala a este Tribunal que sea revisada las actuaciones técnicas del CICPC, a fin de que se pueda evidenciar que el titular es mi patrocinado por cuanto el mismo no firma documento alguno de venta e igualmente se deja constancia del instrumento publico indubitado es decir el titulo de propiedad del ciudadano A.R.U. para que sea analizado previo al día fijado por este tribunal es todo.
EXPOSICION DEL SOLICITANTE
Seguidamente la juez le cede la palabra al solicitante A.J.R.U., el cual expone: solicito que se revise las actuaciones ya que yo soy el dueño del vehiculo previa experticias del CICPC, es todo.
PRONUNCIAMIENTO DEL TRIBUNAL
Seguidamente toma la palabra la Juez y expone: “oído lo manifestado por el Fiscal del Ministerio Publico, como lo expresado por el abogado asistente y lo alegado por el solicitante, es por lo que éste Tribunal Cuarto de Control, acuerda Diferir el Acto de Audiencia Especial de entrega de Vehiculo, al solicitante A.J.R.U., para el día 15-04-15, a las 09:30 AM en la sede de este Circuito Judicial Penal. Así mismo SE ACUERDA LA ACUMULACIÓN DE LAS CAUSAS RP11-P-2015-000393 Y RP11-P-2015-000251, respectivamente; en las solicitudes de vehículos; de los Ciudadanos: A.J.R.U., y O.L.L.G.; ello en virtud, de que las dos (02) causas guardan relación entre si, ya que en las dos solicitudes, los dos (02) solicitantes alegan ser propietarios del Vehiculo, de conformidad con lo previsto en el articulo 70 del Código Orgánico Procesal Penal, y así se decide.
DISPOSITIVA
Este Tribunal Cuarto de Control del Segundo Circuito Judicial Penal. Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. ACUERDA: LA ACUMULACIÓN DE LAS CAUSAS RP11-P-2015-000393 Y RP11-P-2015-000251, los cuales entre si guardan relación, en los asuntos de solicitud de Vehiculo, realizada por los Ciudadanos: A.J.R.U., y O.L.L.G., de conformidad con lo previsto en el articulo 70 Del Código Orgánico Procesal Penal. Así mismo se acuerda Diferir el Acto de Audiencia Especial de entrega de Vehiculo, para el día 15-04-15, a las 09:30 AM en la sede de este Circuito Judicial Penal. Quedan los presentes en sala debidamente notificados con la firma de la presente acta. Notifíquese de la acumulación. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.-
LA JUEZ CUARTO DE CONTROL
ABG. YSMENIA F.H.
LA SECRETARIA JUDICIAL
ABG. C.R..