Aplicarán multas de hasta Bs 6.420 a patronos

Los empleadores que incumplan con la reducción de la jornada laboral de 44 a 40 horas semanales y los 2 días consecutivos de descanso serán penalizados con multas de entre 3.210 bolívares y 6.420 bolívares. El 7 de mayo vence el plazo de un año que se concedió en la Ley Orgánica del Trabajo para que los patronos realizaran los ajustes convenientes a fin de dar cumplimiento a la nueva normativa de 554 artículos y 7 disposiciones transitorias.Los patronos están en la obli gación de colocar en el centro de trabajo, en un lugar visible, el aviso con los nuevos hora rios, para el conocimiento de sus empleados y de las autoridades cuando realicen las correspondientes inspecciones.El empleador que incurra en incumplimiento será sancio nado con una multa de entre 30 y 60 unidades tributarias, es decir, entre 3.210 bolívares y 6.420 bolívares.En el artículo 524 del Título IX, destinado a las sanciones, se establece: Al patrono o patrona que no fije anuncios relativos a la concesión de días y horas de descanso, o no los coloque en lugares visibles en la respectiva...

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