Los aportes del patrono a la caja de ahorro formarán parte del salario

La nueva Ley Orgánica del Trabajo no incluye la figura de la caja de ahorro como beneficio adicional al salario. Expertos en Derecho Laboral concluyeron que esta omisión implica que los aportes que realiza el patrono a este fondo serán considerados como parte de su sueldo. Esto puede traer como con secuencia que las empresas que no tienen este beneficio no lo incluyan en su contrato colectivo, dijo León Arismendi, abogado y profesor universitario, en un taller sobre la nueva ley organizado por el Instituto de Estudios Parlamentarios, Fermín Toro. Si este pago adicional se in cluye en el salario debe tomarse en cuenta al momento de calcular prestaciones, utilidades, etcétera. Para la empresa esto representaría un costo adicional, señaló. Recordó que la administración pública utiliza ampliamente esta figura como mecanismo de ahorro para sus trabajadores, por lo que la situación afectaría sobre todo a las empresas del Estado. Arismendi agregó que la ca ja de ahorro debió haberse incluido en el artículo 105, el cual lista los beneficios sociales de carácter no remunerativo. Entre ellos se encuentran los centros de educación inicial, beneficios de alimentación, reintegros de gastos médicos, provisiones de trabajo y útiles escolares, otorgamiento de becas o pago de cursos de capacitación, y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR