Sentencia nº 24 de Tribunal Supremo de Justicia - Juzgado de Sustanciación - Sala Constitucional de 26 de Febrero de 2009

Fecha de Resolución26 de Febrero de 2009
EmisorJuzgado de Sustanciación - Sala Constitucional
PonenteJuzgado de Sustanciación
ProcedimientoRecurso de Nulidad

SALA CONSTITUCIONAL

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 26 de Febrero de 2009

198º y 149º

Vista la diligencia de fecha 10 de febrero de 2009, de la abogada C.N.R., quien en su carácter de apoderada judicial de la ASOCIACIÓN DE PROPIETARIOS Y RESIDENTES DE LA URBANIZACIÓN MIRANDA (APRUM), expone: "...Visto el oficio dirigido al ciudadano Presidente del Concejo Municipal del Municipio Sucre del Estado Miranda, y recibido por la Secretaria Municipal en fecha diez de diciembre de dos mil ocho (10/12/08). Resultando que a la presente fecha han transcurrido aproximadamente treinta (30) días de Despacho sin que se observe que el Concejo Municipal del Municipio Sucre haya cumplido con el envio de la copia certificada del texto integro de la reforma de la Ordenanza de Zonificación para el Sector Urbanización Miranda. Solicito se ratifique el Oficio Nº TS-SC-08-214 a los fines de solicitar nuevamente el cumplimiento de lo ordenado en la decisión Nº 1479 dictada por esta Sala en fecha 15 de Octubre de 2008 a los fines de la continuación del presente recurso de nulidad...", este Juzgado acuerda, oficiar nuevamente al Concejo Municipal del Municipio Sucre del Estado Miranda, ratificando la solicitud que se hiciera en oficio librado por este Juzgado, en fecha 27 de noviembre de 2008, distinguido con el Nº TS-SC-08-214, a los fines de que remitan a la mayor brevedad posible, copia certificada del texto íntegro de la Reforma de la Ordenanza de Zonificación para el sector Urbanización M. delM.S., que se publicó en la Gaceta Municipal correspondiente Nº 275-06/2007 extraordinario, del 11 de junio de 2007 y algún medio de prueba del que se desprenda presunción de que se efectuó el procedimiento de consulta previa a la aprobación de dicha Ordenanza.

Asimismo, se ordena librar oficio de citación al ciudadano Presidente del Concejo Municipal del Municipio Sucre del Estado Miranda, y oficios de notificaciones a los ciudadanos Sindico Procurador Municipal del Municipio Sucre del Estado Miranda y Fiscal General de la República, respectivamente, así como también, emplazar a los interesados mediante cartel. Todo en cumplimiento de la decisión de ésta Sala Nº 1479 de fecha 15 de octubre de 2008, que admite en recurso de nulidad contra la Ordenanza de Zonificación para el sector Urbanización M. delM.S. delE.M., que sancionó el Concejo Municipal del Municipio Autónomo Sucre, publicado en la Gaceta Municipal Nº 275-06/2007 Extraordinario, de fecha 11 de junio de 2007.

Cúmplase lo ordenado.

La Presidenta,

L.E.M. LAMUÑO

El Secretario,

J.L. REQUENA CABELLO

Exp. Nº: AA50-T-2008-000452

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