Decisión nº S-N de Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control de Falcon (Extensión Punto Fijo), de 8 de Julio de 2013

Fecha de Resolución 8 de Julio de 2013
EmisorTribunal de Primera Instancia en Funciones de Control
PonenteArnaldo José Osorio
ProcedimientoLibertad Plena

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control

Punto Fijo, 8 de Julio de 2013

203º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL : IP11-P-2010-003776

ASUNTO : IP11-P-2010-003776

ABOCAMIENTO

Por cuanto quien suscribe según oficio Nº 340-2013, de fecha 22-02-2013, suscrita por la Presidencia del Circuito Judicial Penal, estado Falcón, Abg. Morela Ferrer, mediante el cual toma el juramento de ley al Abogado A.J.O.P., titular de la cédula de identidad Nº 5.303.902, como Juez Provisorio del Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, extensión Punto Fijo, y visto que el día doce (12) de Marzo del 2013, previa formalidades de ley, tomó posesión del cargo al frente de éste Órgano Jurisdiccional, lo cual consta en acta levantada a tal efecto, debidamente asentada en el Libro de Actas de este Juzgado, se dicta el presente auto de ABOCAMIENTO para asumir el conocimiento del proceso objeto de las causas que cursan en este Despacho Judicial y en consecuencia se inicia la función jurisdiccional para la cual ha sido designado y juramentado. Asimismo, se acuerda abrir el lapso de ley para que las partes intervinientes en cada proceso penal de considerarlo conducente, procedan a hacer uso de la institución procesal de la recusación, para el debido control de las garantías de juez imparcial de quien regenta este Juzgado en funciones de Control y a los fines de la celeridad procesal en los asuntos se acuerda notificar a las partes mediante la publicación del presente auto en la cartelera de este circuito judicial Penal y a las puertas del Tribunal. Notifíquese Cúmplase.-

En la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial de Punto Fijo en la fecha de hoy 2 de Julio de 2013 siendo las 10:18 AM, se ha recibido de A.S., en su carácter de imputado en la presente causa, el siguiente documento: escrito constante de 01 folio donde solicita al tribunal que se libre oficio al SIPOL, para que sea excluido del sistema.-

Visto el he escrito presentado por el ciudadano A.J.S.M., no porta documentación personal, venezolano, nacido en fecha 25-01-1987, de 23 años de edad, cédula de identidad No. 18.630.248, estado civil Soltero, grado de instrucción: Bachillerato, de Oficio receptor, hijo de M.M. y J.S., natural de Punto Fijo y domiciliado en Tacuato, sector la alcabala, calle L.G. casa S/N casa de color verde con ladrillo, Punto Fijo, Estado Falcón, teléfono: 0269-9654804, quien en el presente asuintop `penal se le fue acordada una l.P., tal como lo señala Con relación a los ciudadanos L.S.L. Y A.J.S.M. este Tribunal Primero de Control considera procedente Decretar la L.P. de conformidad con lo establecido en el artículo 44.1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Se acuerda la prosecución del presente asunto por el procedimiento ordinario, establecido en el último aparte del Artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal.

DISPOSITIVA

En nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando Justicia y por Autoridad de la Ley este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del estado Falcón extensión Punto Fijo DECRETA. De igual forma DECRETA: LA L.P. de conformidad con lo establecido en el artículo 44.1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela a los ciudadanos L.S.L. Y A.J.S.M., por la presunta comisión del delito de APROPIACIÒN INDEBIDA, previsto y sancionado en el artículo 468 del Código Penal Venezolano por cuanto no existen elementos de convicción con relación a dichos ciudadanos. Líbrese las Boletas para excluirlo del SIIPOL. Es todo,

EL JUEZ PRIMERO DE CONTROL

ABG. A.O.P.

EL SECRETARIO DE SALA

ABG. G.C.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR