Decisión de Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control de Sucre (Extensión Carupano), de 14 de Febrero de 2013

Fecha de Resolución14 de Febrero de 2013
EmisorTribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control
PonenteYsmenia Fernandez Hernandez
ProcedimientoSobreseimiento De La Causa

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE

EXTENSION CARUPANO

TRIBUNAL PENAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA ESTADALES Y MUNICIPALES EN FUNCIONES DE CONTROL

Carúpano, 14 de Febrero de 2013

202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2012-008585

ASUNTO: RP11-P-2012-008585

SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA

Visto el escrito presentado por la Fiscalía Séptima del Ministerio Público del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, mediante el cual solicita a éste Tribunal Cuarto de Control, EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en contra de A.R.T. y YENNY DEL VALLE MARTÌNEZ, por su presunta participación en la comisión del delito de PRIVACIÒN ILEGITIMA DE LIBERTAD, previsto y sancionado en el articulo 174 en su encabezamiento del Código Penal, en perjuicio de la C.A.E.C.P., hecho ocurrido en fecha 18-12-2008, de conformidad con lo establecido en el artículo 300 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud de que la acción penal se ha extinguido por prescripción.

Ahora bien, analizadas las actas que conforman la presente causa, así como la solicitud fiscal, este Tribunal considera que efectivamente en la presente causa, la acción penal se ha extinguido por cuanto los hechos ocurrieron en fecha 18-12-2008, y en la presente fecha ha transcurrido mas del tiempo estimado para que opere la prescripción de conformidad con el articulo 108 ordinal 4° del Código Penal, motivo por el cual se considera que la petición fiscal esta ajustada a derecho y en consecuencia se decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, de conformidad con el artículo 300 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal y así se decide.

DISPOSITIVA

Por lo antes expuesto y previo análisis de la presente causa, éste Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA seguida a A.R.T. venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad V- 5.901.138, residenciado en Calle Miranda, Casa Nº 115, Caserío Río Salado, Parroquia Bideau, Guiria, M.V., Estado Sucre; y YENNY DEL VALLE MARTÌNEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad V- 9.940.004, residenciado en C.R.G., Casa S/N, Caserío Río Salado, Parroquia Bideau, Guiria, M.V., Estado Sucre, por su presunta participación en la comisión del delito de PRIVACIÒN ILEGITIMA DE LIBERTAD, previsto y sancionado en el articulo 174 en su encabezamiento del Código Penal, por EXTINCION DE LA ACCION PENAL POR PRESCRIPCIÓN, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 300 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículos 49, numeral 8° y 108 numeral 6 del Código Penal, por estar llenos los requisitos de ley. N. a las partes. Remítase el presente asunto en su oportunidad legal al archivo Central para su posterior remisión al Archivo Judicial. C.. C..-

La Jueza Cuarto De Control,

Abg. Ysmenia Fernández Hernández

El Secretario,

Abg. R.M.

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