Decisión de Juzgado Primero de Primera Instancia Transito y Agrario de Monagas, de 18 de Septiembre de 2008

Fecha de Resolución18 de Septiembre de 2008
EmisorJuzgado Primero de Primera Instancia Transito y Agrario
PonenteAngel Silva
ProcedimientoInterdicto De Amparo

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. Maturín, 18 de Septiembre del Dos Mil Ocho.

198° 149°

A los fines de dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 243 del Código de Procedimiento Civil, se establece que en el presente juicio intervienen como partes y apoderados las siguientes personas:

DEMANDANTE: J.A.C., Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº 4.021.243.

ABOGADO APODERADO: E.M., OSWALDO CEDEÑO Y V.A., en ejercicio y de este domicilio, inscrito en el Inpreabogado bajo el nº 64.070, 15.662 Y 76.361.

DEMANDADOS: H.J.C., A.R. Y C.G., Venezolanos, mayores de edad y de este domicilio.

ABOGADO APODERADO: Y.C., en ejercicio y de este domicilio.

ASUNTO: INTERDICTO DE AMPARO (AGRARIO)

EXP. 0357

UNICO

En fecha 26 de Mayo del 2005, el Tribunal Primero de Primera Instancia del Trabajo, Transito y Agrario del Estado Monagas, dicto sentencia donde declara SIN LUGAR la Acción Interdíctal Restitutoria, propuesta por el ciudadano J.A.C., en contra de los ciudadanos H.J.C., A.R. y C.G., en fecha 01 de Junio del 2007, el Juzgado Quinto Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, dicto sentencia donde se declaro con lugar el Recurso de apelación interpuesta por el abogado F.R.R., declara sin lugar el interdicto de amparo y anula la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia del Transito y Agrario del Estado Monagas, en fecha 26-05-2005, por tal razón, este Juzgado de Primera Instancia del Transito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en nombre de La República Bolivariana de Venezuela, declara dar por TERMINADO, el presente juicio y ordena el Archivo del presente expediente.

EL Juez Temporal,

Abg. Á.R.S.A.

La Secretaria,

Abg. Lismary Rincón L.

357

lcm

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR