Decisión nº 360-10 de Tribunal Quinto de Ejecución de Zulia (Extensión Maracaibo), de 20 de Mayo de 2010
Fecha de Resolución | 20 de Mayo de 2010 |
Emisor | Tribunal Quinto de Ejecución |
Ponente | Neuro Villalobos |
Procedimiento | Ejecución De Sentencia |
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA DE LA MAGISTRATURA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN
FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD
MARACAIBO, 20 DE MAYO DE 2010
AÑOS: 200º Y 151º
RESOLUCIÓN N° 360-10 CAUSA N° 5E-692-10
Firme como ha quedado la Sentencia número 2J-049-2009, de fecha 01-12-2009, dictada por el Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Z.E.C., en contra del ciudadano A.R.O., de conformidad con lo establecido en los artículos 482, 484 y 493, todos del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal pasa a ejecutar dicha sentencia y a elaborar el cómputo respectivo de la manera siguiente:
El penado A.R.O., fue condenado a cumplir la pena de DOCE (12) AÑOS DE PRESIDIO, más las penas accesorias de ley, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el articulo 458 del Código Penal y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Sustantivo Penal, cometido en perjuicio de la ciudadana M.M. MONTILLA Y EL ESTADO VENEZOLANO.
Este Tribunal observa que el penado A.R.O., fue detenido en fecha 20-08-2007, por lo que hasta el día 17-05-2010, fecha en la que se elaboró el presente computo, lleva detenido DOS (02) AÑOS, OCHO (08) MESES Y DIECISIETE (17) DIAS. Faltándole por cumplir: NUEVE (09) AÑOS, TRES (03) MESES Y TRECE (13) DIAS.
Asimismo, el penado A.R.O., cumple la pena principal el día 30-08-2019.
Cumplirá una cuarta (1/4) parte de la pena impuesta el día 28-08-2010.
Cumplirá una tercera (1/3) parte de la pena impuesta el día 28-08-2011.
Cumplirá las dos terceras (2/3) partes de la pena impuesta el día 28-08-2015, pudiendo solicitar la fórmula alternativa al cumplimiento de pena de L.C..
Cumplirá las tres cuartas (3/4) partes de la pena impuesta el día 28-08-2016, pudiendo optar a partir de esa fecha a la Conmutación por el resto de la pena o CONFINAMIENTO. Y así se Decide.
DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la Republica, y por Autoridad de la Ley, Declara en Estado de ejecución la presente Sentencia y los respectivos cómputos de Ley, relacionados con el penado A.R.O. , de conformidad con lo establecido en los artículos 482, 484 y 493, todos del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese la presente Resolución, publíquese, remítanse copias certificadas a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario, al Presidente y demás Miembros del C.N.E. y al Viceministro de Seguridad Jurídica del Ministerio del Interior y Justicia, Departamento de Antecedentes Penales; y notifíquese mediante Boletas a la Fiscalía 27° del Ministerio Público de este mismo Circuito Judicial Penal y a la Coordinación de la defensa pública.
EL JUEZ QUINTO DE EJECUCIÓN
DR. NEURO VILLALOBOS VILLALOBOS
LA SECRETARIA
ABOG. ANA SANCHEZ MEDINA
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en esta Resolución, se registró la misma bajo el número 360-10, se certificó la presente resolución, Se libraron los oficios y notificaciones respectivas.
LA SECRETARIA