Decisión nº 2009-464 de Juzgado del Municipio Maneiro de Nueva Esparta, de 28 de Octubre de 2009

Fecha de Resolución28 de Octubre de 2009
EmisorJuzgado del Municipio Maneiro
PonenteJosé Gregorio Pacheco
ProcedimientoHomologacion Particion Amigable De Comunidad Biene

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO DEL MUNICIPIO MANEIRO DE LA CIRCUNSCRIPCION

JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA.-

PAMPATAR, veintiocho (28) de octubre de 2009.-

199º y 150º -

Vista la diligencia de fecha 27-10-2009 y revisadas las actas en la presente SOLICITUD DE HOMOLOGACIÓN DE PARTICIÓN DE BIENES DE LA COMUNIDAD CONCUBINARIA, presentado por los ciudadanos ARLENIS DEL VALLE F.S. y H.J.V.R., venezolanos, mayores de edad, identificados con las Cédulas de Identidad Nros. V- 10.204.131 y V-11.142.061, respectivamente, asistidos por el Abogado en ejercicio A.J.L.D., venezolano, mayor de edad, identificado con la Cédula de Identidad Nro. V-16.545.388, inscrito en el Inpreabogado bajo el nro. 121.422; y por cuanto se evidencia que se le dio cumplimiento a lo acordado en el auto de admisión este Tribunal para proveer considera oportuno realizar las siguientes consideraciones:

- Que mediante auto de fecha 30/06/2009, se admitió la presente solicitud y se ordenó la publicación de un cartel de notificación dirigido a todas aquellas personas que tengan interés en la partición de la comunidad conyugal.-----------

- Que en fecha 13/07/2009, los solicitantes ciudadanos ARLENIS DEL VALLE F.S. y H.J.V.R., asistidos de abogado consignaron diligencia retirando cartel de Notificación.-----------------------

- Que en fecha 22/07/2009, los solicitantes asistidos de abogado, consignaron publicación de cartel de notificación en el diario S.d.M., de fecha 17/07/2009, y agregado a los autos en esa misma fecha, asimismo, consignaron las copias simples necesarias para la notificación del Fiscal del Ministerio Publico, librándose en esa misma fecha Boleta de Notificación.-----------------------

- Que el día 27/07/2009, el Alguacil de este Juzgado, consigna debidamente firmada por la ciudadana A.P., Fiscal Octava del Ministerio Público, Boleta de Notificación.---------------------------------------------------------------

- Que en fecha 27-10-2009, la ciudadana ARLENIS DEL VALLE F.S., asistida de abogado solicito la homologación de la presente solicitud.-----------------------------------------------------------------------------------------------

- Que las partes involucradas de mutuos acuerdo pactaron lo siguiente:

1) Un (01) terreno: ubicado en la población de los Robles, Municipio Maneiro del Estado Nueva Esparta, que mide aproximadamente Trescientos Sesenta y Tres metros cuadrados (363 mts2), comprendido en los siguientes linderos y medidas: NORTE: En once metros (11,00 Mts), con terreno que es o fue de P.V.B.; SUR: En once metros (11,00 Mts), con vía principal , que conduce a la Sub-estación de “Cadafe”; ESTE: En treinta y tres metros (33,00 Mts) con terreno, que es de los ciudadanos A.G. e I.d.G.; y OESTE: En treinta y tres metros (33,00 Mts) terreno que es o fue de C.A.N.R.. Dicho inmueble les pertenece según consta de documento protocolizado por ante la Oficina de Registro Inmobiliario del Municipio Maneiro en fecha 31 de octubre del año 2003, bajo el Nro. 50; folios 233 al 235; Protocolo primero; Tomo 04, Cuarto Trimestre del citado año. Este inmueble le fue adjudicado en plena propiedad según escrito de solicitud de separación de cuerpos y de bienes que de mutuo acuerdo al ciudadano al ciudadano H.J.V.R., anteriormente identificado y cuyo valor de común acuerdo entre las partes hemos valorado en la cantidad de Diez Mil Bolívares (Bs.10.000,00).---------------------------------------------------

2) Un (01) TERRENO: ubicado en las minas, Municipio Díaz del Estado Nueva Esparta, el cual tiene una superficie aproximada de cuatrocientos ochenta metros cuadrados (480 metros2), comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: con terreno, que es o fue propiedad de R.R.; SUR: con terreno, que es o fue propiedad de R.R.; ESTE: Con calle en proyecto OESTE: con terreno, que es o fue propiedad de P.F.. Dicho inmueble les pertenece según consta de documento protocolizado por ante la Oficina de Registro Público del Municipio Díaz del Estado Nueva Esparta, en fecha 23 de febrero del año 2000. Dicho inmueble de común acuerdo le quedo adjudicado a la ciudadana ARLENIS DEL VALLE F.S., y cuyo valor de común acuerdo las partes han convenido en la suma de sien mil bolívares (bs.6.000,00).-----------------------------------

3) DOS (02) LOTES DE TERRENO: identificados con las siglas “M-1” y “M-2”, ubicados en el sector conocido como “Hato Los Bellos”, o como “Hatos Los Vásquez”, sector este que antiguamente se conoció como “Sabana Grande” , Municipio Tubores del Estado Nueva Esparta, los cuales tienen una superficie aproximada de Trescientos metros cuadrados (300 Mts2) cada uno. El Primer lote: Identificado con las siglas “M1”, se encuentra comprendido dentro de los siguientes linderos y medidas NORTE: su frente, en doce metros (12,00 Mts) con calle transversal Nro. 01; SUR: su fondo, en doce metros (12,00 Mts) con area “ C” de la notificación general; ESTE: en veinticinco (25) metros con lote “M-2”. El segundo lote: Identificado con las siglas “M2”, se encuentra comprendido dentro de los siguientes linderos y medidas. NORTE: su frente, en doce metros (12,00 mts) con

calle transversal Nro. 1 SUR: su fondo, en doce metros (12,00 mts), con area “C” de la notificación general; ESTE: En veinticinco metros (25 mts) con lotes “M-1” y OESTE: En veinticinco metros (25 mts), con lote de “M-3”.- Dichos bienes les pertenece según consta de documento protocolizado por ante la Oficina de Registro Publico del Municipio Diaz del Estado Nueva Esparta, bajo el Nro. 24. folios 116 al 119; protocolo Primero; Tomo I, Segundo Trimestre el año 2.000. Estos inmuebles le fueron adjudicados en plena propiedad a la ciudadana ARLENIS DEL VALLE F.S., y cuyo valor de común acuerdo las partes hemos convenido en la suma de doce mil bolívares (Bs.12.000,00).-----------------------------------------------------------------------

4) En los que respecta a los bienes muebles del hogar, estos quedaron en plena propiedad y posesión de la ciudadana ARLENIS DEL VALLE F.S. y cuyo valor de común acuerdo entre las partes fue convenido por la cantidad de Diecisiete Mil Bolívares (Bs.17.000,00).-----------------------------------------------------------

5) En cuanto al vehiculo marca: Chevrolet; color Rojo Clase camioneta Modelo: Gran Vitara; Año 2001; placa FAU-800; Serial de Carrocería: 8LDFTD62V1000143, SERIAL DE MOTOR: H25A136539, tipo Sedan; USO: particular, el mismo le quedo adjudicado en plena propiedad mediante acuerdo entre ambas partes al ciudadano H.J.V.R., y su valor se fijo en la cantidad de VEINTICINCO MIL BOLIVARES (bs.25.000) , este vehiculo fue dado en venta con anterioridad a este acto, operación esta de la cual la ciudadana ARLENIS DEL VALLE F.S., tiene pleno conocimiento.--

De acuerdo a lo anterior, este Tribunal aprueba la partición en los términos en que fue realizada por los ciudadanos ARLENIS DEL VALLE F.S. y H.J.V.R., conforme al articulo 788 del Código de procedimiento Civil y en consecuencia, le imparte la correspondiente homologación debiéndose tenerse la misma como autoridad de cosa juzgada y ordena en su oportunidad el archivo del expediente.-

Dr. J.G.P.,

JUEZ PROV. DEL MUNICIPIO MANEIRO.

El Secretario,

P.M.G.M..

Expediente Nro. 2009-1503.

JGP/ luisa.

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