Decisión nº PJ0132009001677 de Sala Décimo Tercero de Juicio de Protección del Niño y Adolescente de Caracas, de 7 de Diciembre de 2009

Fecha de Resolución 7 de Diciembre de 2009
EmisorSala Décimo Tercero de Juicio de Protección del Niño y Adolescente
PonenteJaizquibell Quintero Aranguren
ProcedimientoDeclaracion De Unicos Y Universales Herederos

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional. Sala de Juicio Nº 13

Caracas 07 de diciembre de 2009

199º y 150º

ASUNTO: AP51-S-2009-020203

Vista las anterior solicitud y la justificación promovida y evacuada por ante este Tribunal por el ciudadano A.D.C.S., venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de Identidad Nº V.-6.125.791, debidamente asistido por el Defensor Público Décimo Sexto (106°), de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial, abogado A.B., quien actuando en su propio nombre y en representación de su hijo se omite la identificación, e hijo de G.J.F.A., quien en vida era titular de la Cédula de Identidad Nº V.-6.206.633, fallecida en fecha 08 de octubre de 2008, según se evidencia de acta de Defunción N° 190. En consecuencia, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara como UNICO Y UNIVERSAL HEREDERO de la ciudadana G.J.F.A., antes identificada, a su hijo se omite la identificación, beneficiario de su madre ciudadana G.J.F.A.. Cumplidas las presente actuaciones se ordena librar oficio a la Oficina de Atención al Público (O.A.P), para devolver original con sus resultas a la parte solicitante y copias certificadas, una vez que la parte interesada haya consignado los fotostatos respectivos. Cúmplase lo ordenado.-

LA JUEZ

Abg. JAIZQUIBELL QUINTERO ARANGUREN

LA SECRETARIA

Abg. SALLY GUERRERO

JQA/SG/jherry

AP51-S-2009-020203

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