Decisión nº 24 de Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio del L.O.P.N.A de Apure (Extensión Guasdualito), de 19 de Mayo de 2009

Fecha de Resolución19 de Mayo de 2009
EmisorJuzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio del L.O.P.N.A
PonenteMaraly Katyhuska Olivares Robles
ProcedimientoAuto De Entrada

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE

EXTENSION GUASDUALITO

SISTEMA PENAL DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTE

TRIBUNAL DE JUICIO

Guasdualito, 19 de Mayo de 2009

199º y 150º

Por recibido en fecha 18 de Mayo de 2009 y visto hoy 19 de Mayo de 2009, Oficio Nº 095-2009 proveniente del Tribunal de Control de esta Sección de Adolescentes, mediante el cual remiten anexo causa signada con el Nº 1C303-09, nomenclatura de ese Tribunal, constante de ciento veintinueve (129) folios útiles, instruida contra (SE OMITE LA IDENTIFICACION DEL ADOLESCENTE POR MANDATO EXPRESO DEL ARTÍCULO 545 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE); por la presunta comisión de los delitos de TRÁFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICÓTROPICAS en la MODALIDAD DE OCULTAMIENTO, previsto y sancionado en el primer aparte del artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito De Sustancias Estupefacientes Y Psicotrópicas y Asociación para Delinquir previsto en el artículo 6 de la Ley de delincuencia Organizada, en perjuicio del Estado Venezolano, en virtud de haberse acordado la continuación por el Procedimiento Abreviado de conformidad con los artículos 372 y 373 del Código Orgánico Procesal Penal. Es por lo que este Tribunal de Juicio del Sistema Penal de Responsabilidad de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Extensión Guasdualito, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA: PRIMERO: Darle entrada y asignarle nomenclatura de este Tribunal. SEGUNDO: Oficiar al Fiscal XII del Ministerio Público Abg. A.F., a los fines de que informe a este Tribunal a la brevedad posible el tipo de sanción que solicitará para el adolescente (SE OMITE LA IDENTIFICACION DEL ADOLESCENTE POR MANDATO EXPRESO DEL ARTÍCULO 545 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE);, procesado en esta causa, todo con el objeto de determinar la forma de Constitución del Tribunal y en aras de salvaguardar los derechos del procesado y garantizarle su derecho a un debido proceso establecido en el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en concordancia con el artículo 584 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. TERCERO: OFICIAR al Archivo Judicial a los fines de registro y conservación de la causa. CUARTO: La Forma de Constitución del tribunal y la Fijación de fecha para la Realización del Juicio Oral y Privado se realizarán por auto separado, en cuanto el tribunal tenga conocimiento de la sanción que solicitará el representante del Ministerio público en el libelo acusatorio. Désele el curso de Ley correspondiente. Notifíquese a las partes. Líbrese lo conducente. CÚMPLASE.

La Juez,

Abg. M.K.O.R.

La Secretaria,

Abg. A.L.V.

Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado asignándosele el Nº 1-24-09.

La Secretaria,

Abg. A.L.V.

Causa Nº 1-24-09

MKOR/AV.-

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