Decisión nº PJ0252007000064 de Sala Décimo Sexto de Juicio de Protección del Niño y Adolescente de Caracas, de 31 de Enero de 2007

Fecha de Resolución31 de Enero de 2007
EmisorSala Décimo Sexto de Juicio de Protección del Niño y Adolescente
PonenteClara Aurora Ponce
ProcedimientoHomologación Guarda

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Sala de Juicio. Jueza Unipersonal Nº XVI.

Caracas, Treinta y uno (31) de Enero de Dos Mil Siete (2.007).

Años: 196º y 147º

ASUNTO: AP51-S-2007-001243

Por recibido de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial, verifíquense los registros, acéptese y désele entrada. Visto el anterior CONVENIMIENTO DE GUARDA Y CUSTODIA, presentado por la Abg. A.C.C. R., en su carácter de Fiscal

Nonagésima Sexta (96°) del Ministerio Público, a solicitud de los ciudadanos F.A.M.M. y M.L.O., mayores de edad, de este domicilio, titulares de las Cédulas de Identidad Nº 9.118.824 y Nº 10.529.137 respectivamente, a favor de su hija, la adolescente SE OMITEN DATOS; y por no ser el mismo contrario al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la ley; este Tribunal procede a Homologar el presente CONVENIMIENTO DE GUARDA PROVISIONAL, en los mismos términos allí expuestos, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 361 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, indicándosele a las partes que la presente homologación tiene fuerza ejecutiva. Expídanse por secretaria las copias certificadas del convenio y del presente auto y entréguense a los interesados en la Oficina de Atención al Público (O.A.P.), a fin de que surta los efectos legales correspondientes. A tal efecto se acuerda oficiar a la referida Oficina OAP, comunicándoles lo pertinente. Archívese el expediente. Cúmplase.

LA JUEZA PROVISORIA,

Abg. C.A.P.R..

LA SECRETARIA,

Abg. K.C.R.

Asunto N° AP51-S-2007-001243

CAPR/KR/Shirley.

Motivo: Homologación de Guarda y Custodia.

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