Sentencia nº 120 de Tribunal Supremo de Justicia - Juzgado de Sustanciación - Sala Constitucional de 13 de Noviembre de 2012

Fecha de Resolución13 de Noviembre de 2012
EmisorJuzgado de Sustanciación - Sala Constitucional
PonenteJuzgado de Sustanciación
ProcedimientoRecurso de Nulidad

SALA CONSTITUCIONAL

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 13 de noviembre de 2012

202º y 153º

Visto que, en la nulidad del artículo 228 del Código Civil, publicado en la Gaceta Oficial N° 2.990 Extraordinaria del 26 de julio de 1982, ordenada por la Sala Constitucional mediante decisión N° 1074 del 1° de julio de 2011; se constata que el de 18 septiembre de 2012 se cumplió el lapso de diez (10) días de despacho para que las partes consignaran sus escritos de defensas o promovieran pruebas, conforme a lo establecido en el artículo 139 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia; de la revisión del expediente se observa que no fue promovida prueba alguna, en consecuencia, se ordena la remisión de las presentes actuaciones a la Sala Constitucional, a los fines del pronunciamiento correspondiente.

La Presidenta,

L.E.M. LAMUÑO

El Secretario,

J.L. REQUENA CABELLO

Exp. Nº: AA50-T-2011-000970

LEML/JLRC/lffz

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