Se constituye la Comisión de Contrataciones de la Asamblea Nacional, la cual será de carácter permanente, tendrá a su cargo el asesoramiento y la recomendación en la selección del contratista para la adquisición de bienes, prestación de servicios y ejecución de obras, de este organismo, integrada por los ciudadanos que en ella se mencionan.

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