Decisión nº 1C-13.907-11 de Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control de Apure (Extensión San Fernando de Apure), de 22 de Febrero de 2011

Fecha de Resolución22 de Febrero de 2011
EmisorJuzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control
PonenteEdwin Manuel Blanco
ProcedimientoSobreseimiento De La Causa

Republica Bolivariana De Venezuela

Tribunal Supremo De Justicia

Circuito Judicial Penal Del Estado Apure

Tribunal Primero De Control

San F. deA., 22 de Febrero de 2011

200º y 151ª

SOBRESEIMIENTO

CAUSA: 1C-13.907-11

IMPUTADOS: FUNCIONARIOS POR IDENTIFICAR

VICTIMA: ATAHUALPA TIRADO CAMACHO Y R.A.O.

DELITO: LEY CONTRA LA CORRUPCIÓN

PROCEDENCIA: FISCALIA DUODÉCIMA DEL MINISTERIO PÚBLICO.

Visto que en fecha 28-01-2011, J.M.M. SAYAGO, YOLANGEL COROMOTO CASTILLO FIGUERA Y L.A.D.D., procediendo en este acto con el carácter de Fiscal Auxiliar Duodécimo a nivel Nacional con Competencia en materia Contra la Corrupción, Bancos, Seguros y Mercado de Capitales, Fiscal Auxiliar Duodécimo a nivel Nacional con Competencia en materia Contra la Corrupción, Bancos, Seguros y Mercado de Capitales e Fiscal Noveno del la Circunscripción del Estado Apure, Solicitan a este Tribunal, declare el SOBRESEIMIENTO en la causa N° 1C-13.907-11, nomenclatura de este Tribunal y la causa N° NN-F12-0013-08, nomenclatura de la Fiscalía, donde aparece como imputado: FUNCIONARIOS POR IDENTIFICAR, de conformidad a lo previsto en el Artículo 318 numeral 4º del Código Orgánico Procesal Penal, en razón de que no existe la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación que permitan determinar quien fue el autor del hecho. Ahora bien, este Tribunal a los fines de decidir observa: De la revisión practicada a las actas se evidencia la comisión de un hecho punible, en fecha 05-10-06, por denuncia formulada por el Ciudadano ATAHUALPA TIRADO CAMACHO Y R.A.O., en la que denunciaron hechos irregulares cometidos por presuntos funcionarios policiales y la Fiscal Auxiliar Décima del Ministerio Público del Ministerio Público del Estado Apure para ese momento, Abg. Jeslib Aliled Basanta Romero.

Cumplidos los supuestos procesales, para que se haga procedente el Sobreseimiento solicitado por el Ministerio Público, representado por J.M.M. SAYAGO, YOLANGEL COROMOTO CASTILLO FIGUERA Y L.A.D.D., procediendo en este acto con el carácter de Fiscal Auxiliar Duodécimo a nivel Nacional con Competencia en materia Contra la Corrupción, Bancos, Seguros y Mercado de Capitales, Fiscal Auxiliar Duodécimo a nivel Nacional con Competencia en materia Contra la Corrupción, Bancos, Seguros y Mercado de Capitales e Fiscal Noveno del la Circunscripción del Estado Apure; pues verificada como ha sido la data de la causa y los actos investigativos realizados en procura del esclarecimiento del caso planteado el fiscal concluyo lo siguiente: visto el análisis de los hechos narrados se observa que los hechos denunciados, carecen de base suficiente como para interponer escrito acusatorio en contra de las personas señaladas, y mucho menos solicitar su enjuiciamiento ya que por el transcurrir del tiempo los mismos no constituyen con certeza elementos probatorios contundentes como decir e incluso que hubo comisión de algún delito previsto tanto en la Ley Contra la Corrupción como cualquier otra ley especial vigente en nuestro ordenamiento jurídico Venezolano, por lo que es procedente y ajustado a derecho ACOGER LA SOLICITUD FISCAL. De sobreseimiento de la causa y así se decide.-

DISPOSITIVA

En virtud de lo antes expuesto éste Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECRETA: El SOBRESEIMIENTO de la causa signada con el N° 1C-13.907-11, seguida en contra de FUNCIONARIOS POR IDENTIFICAR, por la presunta comisión del delito: LEY CONTRA LA CORRUPCIÓN, en perjuicio de: ATAHUALPA TIRADO CAMACHO Y R.A.O.conforme a lo establecido, en el Artículo 318 Numeral 4º del Código Orgánico Procesal Penal. Y así se decide. Notifíquese a las partes. Remítase al Archivo Judicial en su oportunidad legal. Ofíciese lo conducente. Cúmplase.-

JUEZ PRIMERO DE CONTROL

ABG. E.M.B.

LA SECRETARIA

ABG. N.L.

Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado.

LA SECRETARIA

ABG. N.L.

CAUSA N° 1C-13.907-11

EMB/Josean

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