Decisión de Juzgado Superior Septimo en lo Civil, Mercantil y del Transito de Caracas, de 20 de Julio de 2011
Fecha de Resolución | 20 de Julio de 2011 |
Emisor | Juzgado Superior Septimo en lo Civil, Mercantil y del Transito |
Ponente | Victor Gonzalez |
Procedimiento | Desalojo |
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
CARACAS, 20 DE JULIO DE 2011.-
Años 201° Y 152°
Visto el escrito de fecha quince (15) de Julio de 2011, presentado por el abogado A.P. A, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 65.692, en su carácter de apoderado Judicial de la sociedad mercantil Administradora Atlantic 17107, mediante el cual recusa al ciudadano V.G.J., en su condición de Juez de este Juzgado. En consecuencia este Tribunal ordena realizar el desglose del escrito de recusación, así como del informe suscrito, a los fines de abrir un cuaderno de recusación, dejándose copias certificadas de la referidas actuaciones en su causa principal la cual esta conformado por dos (02) piezas la primera de ciento cincuenta (150), y la segunda de cuatrocientos cincuenta y dos (452) folios útiles. Contentivo del juicio que por Desalojo, sigue la Administradora Atlantic 17107, contra Café ATLQ, C.A. Con la finalidad que sea realizada la distribución de ley correspondiente en la presente causa, anexándose copia del presente auto al cuaderno de Recusación.
El Juez,
Dr. V.J.G.J.
El Secretario,
Abg. Richars D.M..
VGJ/RM/kl.
Exp: 10220
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
CARACAS, 20 DE JULIO DE 2011.-
Años 201° Y 152°
Tal y como fue ordenado por auto de esta misma fecha, se abre la pieza que se denominara pieza de Recusación, la cual estará encabezada por el presente auto.
EL JUEZ
Dr. VICTOR GONZALEZ JAIMES
El Secretario,
RICHARS MATA.
VGJ/RM/kl
EXP. Nº 10220
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
CARACAS, 20 DE JULIO DE 2011.-
Años 201° Y 152°
OFICIO N° 2011-A-
CIUDADANO:
JUEZ SUPERIOR QUINTO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.- (DISTRIBUIDOR DE TURNO)
SU DESPACHO:
Tengo a bien dirigirme a usted, con el objeto de remitirle anexo al presente oficio, el expediente Nº 10220, de la nomenclatura llevada por este Tribunal, contentivo del juicio que por Desalojo, sigue la Administradora Atlantic 17107, contra Café ATLQ, C.A, constante de dos (02) piezas la primera de ciento cincuenta (150), y la segunda de cuatrocientos cincuenta y dos (452) folios útiles.
Remisión que se le hace a usted, a los fines de su distribución.-
EL JUEZ
Dr. VICTOR GONZALEZ JAIMES
VGJ/RM/ kl
Exp. 10220
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
CARACA, 20 DE JULIO DE 2011.-
Años 201° Y 152°
OFICIO N° 2011-A-
CIUDADANO:
JUEZ SUPERIOR QUINTO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.- (DISTRIBUIDOR DE TURNO)
SU DESPACHO:
Tengo a bien dirigirme a usted, con el objeto de remitirle anexo al presente oficio, el expediente Nº 10220, de la nomenclatura llevada por este Tribunal, contentivo de la Recusación, interpuesta por el abogado Á.P. A, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 65.692, en su carácter de apoderado Judicial de la sociedad mercantil Administradora Atlantic 17107, contra quien suscribe, en el juicio que por Desalojo, sigue la referida sociedad mercantil contra Café ATLQ, C.A; constante de una (01) pieza de veinte (20) folios útiles.-
Remisión que se le hace a usted, a los fines de su distribución.-
EL JUEZ
Dr. VICTOR GONZALEZ JAIMES
VGJ/RM/kL
Exp. 10220
Quien suscribe, RICHARS D.M., Secretario Titular del JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO, DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, certifica que; las copias que anteceden es un traslado fiel y exacto de su original, los cual corren inserto en el Expediente No. 10220, de la nomenclatura llevada por este Tribunal, contentivo del juicio que por Desalojo, sigue la Administradora Atlantic 17107, contra Café ATLQ, C.A; Certificación que se expide en Caracas, a los veinte (20) días del mes de Julio de dos mil once (2011).
EL SECRETARIO,
Abg. RICHARS D.M..