Decisión de Tribunal Trigesimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Caracas, de 13 de Julio de 2009

Fecha de Resolución13 de Julio de 2009
EmisorTribunal Trigesimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución
PonenteCarlos Achiquez
ProcedimientoCobro De Prestaciones Sociales

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE

JUZGADO TRIGESIMO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL REGIMEN PROCESAL

DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.

198° y 150°

Nº DE EXPEDIENTE: AP21-L-2008 -005258

PARTE ACTORA: F.S.K.

ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: L.F.D.G.

PARTE DEMANDADA: SERVICIO ATONOMO NACIONAL DE NORMALIZACION, CALIDAD METROLOGIA Y REGLAMENTOS TÉCNICOS (SENCAMER)

APODERADO (A) JUDICIAL DE LA DEMANDADA: DIAZ M.L.D.C.

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

ACTA DE PROLONGACION DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR

En horas del día de hoy, (13) de julio del año dos mil nueve (2009) siendo las: 02:00 p. m., día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, se anunció dicho acto con las formalidades de Ley, compareciendo por ante este JUZGADO TRIGESIMO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL REGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, por una parte, la parte acciónada representada por la Dra. DIAZ M.L.D.C., abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el INPREABOGADO bajo el No.58.754, quien actúa en su carácter de apoderado judicial de la accionada, según se evidencia de poder que cursa en el presente expediente. Seguidamente se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar ni por sí, ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 199 ° y 150 °.

El Juez,

C.A.M.

LA SECRETARIA

Abg. ANABELLA FERNANDEZ

Apoderado(s) Judicial (s) de la Parte Actora

Apoderado (s) Judicial (s) de la Parte(s) Demandada(s

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