Decisión nº 5C-28678-04 de Tribunal Quinto de Control Los Teques de Miranda, de 23 de Enero de 2004

Fecha de Resolución23 de Enero de 2004
EmisorTribunal Quinto de Control Los Teques
PonenteNatty Victoria Medina Barrios
ProcedimientoProcedimiento Ordinario

Los Teques, 23 de Enero del 2004.

DISPOSITIVA

Por todas las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Quinto de Primera Instancia en Funciones de control del Estado Miranda con sede en Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta: PRIMERO: Analizadas las actas que integran el presente expediente así como la exposición de las partes, considera este Tribunal que la aprehensión del referido ciudadano, careció el procedimiento de testigo que lo avale, por otra parte se observa que el arma de fuego tipo espeta la cual aparece descripta tácitamente en el porte del arma, y analizando lo anterior, considera este Juzgado que no están llenos las extremos del articulo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto no existe fundado elemento de convicción para considera que podríamos estar en presencia de la comisión de un hecho punible, en consecuencia se decreta a L.P. del ciudadano Benítez F.J.R.S.: Se desestima la flagrancia en el presente caso, solicitada por el representante del Ministerio Publico TERCERO: Se acuerda la continuación de la presente causa por el procedimiento ordinario, de conformidad con lo previsto el articulo 373 del Código Orgánico Procesal penal, Remítase las presente actuaciones a la Fiscalia actuante en su oportunidad legal Lábrense las correspondientes Boletas de excarcelación. Y ASI SE DECLARA.

LA JUEZ

NATTY MEDINA BARRIOS LA SECRETARIA

ANA CAPOTE CALERO

LA SECRETARIA

Causa: 28678-04

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