Decisión de Tribunal Primero de Protección del Niño y del Adolescente de Tachira (Extensión San Cristóbal), de 3 de Marzo de 2005

Fecha de Resolución 3 de Marzo de 2005
EmisorTribunal Primero de Protección del Niño y del Adolescente
PonenteDiana Beatriz Carrero Quintero
ProcedimientoAutorización Judicial Para Vender Inmueble

EXP: 32264

MOTIVO: AUTORIZACION VENTA INMUEBLE

SOLICITANTE: A.T.O.R., inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 23.722 en su carácter de apoderada Judicial de la ciudadana DELYMAR HASSLEY M.L., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-10.740.425, de este domicilio.

EN BENEFICIO DE:

• DELIAMAR J.M.L., venezolana, adolescente, de 14 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 19.026.822.

Con escrito de fecha 28 de octubre de 2004, la ciudadana DELYMAR HASSLEY M.L.; en su carácter de madre de la adolescente DELIAMAR J.M.L., solicita autorización para vender los derechos y acciones que la referido adolescente tiene sobre un lote de terreno propio con casa para habitación ubicado en la calle 4 Nº 9-33, La Grita Municipio Jáuregui, Estado Táchira. Anexo a la solicitud presentaron recaudos.

En fecha 11 de noviembre de 2004, se admitió la solicitud y se acordó oír a la adolescente; consignar copia del documento de propiedad asi como certificación de gravámenes; practicar avalúo al bien objeto a la venta nombrando como Perito al Ing. H.C., e igualmente al inmueble objeto de la compra y notificar a la Fiscal Especializada, formalidades estas que se cumplieron cursantes a los folios 22, 23, 24,.

En fecha 09 de diciembre de 2004, el Perito antes nombrado consignó Avalúo, folios 28-40.

Por auto de fecha 16 de febrero de 2005, se ordenó notificar a la Fiscalía del Ministerio Público, para su opinión y concepto, posteriormente, en fecha 22 de febrero de 2005, la fiscalía consigna al expediente, su opinión favorable.

Cumplidos los requerimientos exigidos por este Tribunal, esta Jueza Suplente Especial Unipersonal Nro.1, de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, AUTORIZA amplia y suficientemente a la ciudadana DELYMAR HASSLEY M.L., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 10.740.425, de este domicilio, para que en nombre y representación su hija DELIAMAR J.M.L., venezolana, adolescente, de 14 años, titular de la cédula de identidad Nº V-19.026.822, venda los derechos y acciones que a esta le corresponde sobre un inmueble constituido por un lote de terreno propio y sobre él una casa para habitación ubicado en la calle 4 con nomenclatura municipal Nº 9-33 La Grita Estado Táchira, con una superficie de trescientos doce metros con cincuenta y cinco centímetros cuadrados ( 312.55 mts) aproximadamente, dentro de los siguientes linderos y medidas: FRENTE: mide ocho metros con cincuenta y dos centímetros (8,52 mts) con la calle 4; FONDO: mide once metros con cincuenta y ocho centímetros (11,58 mts) paredes pisadas con inmueble que es o fue de los herederos de J.R.; COSTADO DERECHO: mide treinta y un metros con diez centímetros (31,10 mts) con paredes pisadas e inmueble que es o fue de J.A.R.; y LADO IZQUIERDO: igual medida a la anterior, con paredes pisadas con inmueble que es o fue de la sucesión de A.D., herederos de M.Z., R.Z. y T.G.. Registrado ente el Registro Subalterno del Municipio Jáuregui, anotado bajo el Nº 26, Protocolo Primero, Tomo Cuarto, de fecha 27 de mayo de 1996. En el cual la ciudadana D.M.L.D.M. posee un derecho de Uso, Usufructo y habitación sobre el mencionado inmueble, el cual renuncia al mismo en declaración hecha ante este Tribunal en fecha 06/12/04 para asi poder hacer efectiva la venta. El precio de la venta es la cantidad de (Bs.48.500.000,oo).

Es de advertir que la cuota parte correspondiente a la adolescente, antes identificada es por la cantidad de (Bs. 24.500,00), que se utilizara para la adquisición de un inmueble. Asimismo se insta a la solicitante a consignar copia certificada del documento de compra del inmueble a adquirir en la ciudad de Valencia.

Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal y expídase copia certificada a la parte interesada.

Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira. San Cristóbal a los tres días del mes de marzo del año dos mil cinco. Años 194º de la Independencia y 145º de la Federación.

ABOG. D.B.C.

JUEZA SUPLENTE ESPECIAL UNIPERSONAL Nro.1

ABOG. D.E.

SECRETARIA

En la misma fecha, se publicó, se registró y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.

La Secretaria.

Exp.Nro. 32264

Crisna.-

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