Banca pública administrará tickets de alimentación

Las instituciones financieras públicas podrán emitir tickets o tarjetas para el pago del bono alimenticio, instrumentos que sólo podían ser otorgados por las empresas de servicio especializadas, como son denominadas en la norma las compañías dedicadas a la elaboración de estos productos. El decreto presidencial 9386, publicado en la Gaceta Oficial número 40112, del 19 de febrero de 2013, modificó el artículo 5 del Reglamento de la Ley de Alimentación para los Trabajadores. Tales empresas no podrán en ningún caso dedicarse a actividades propias de la intermediación financiera, crediticia o especulativa ... salvo que se trate de las ins tituciones del sector bancario público. A las entidades privadas ya les habían exigido separar la administración de tickets de alimentación de las propias de la intermediación financiera. La disposición amenaza con quitarle mercado a las compañías prestadoras del servicio, dijo una fuente del sector que pidió no ser identificada. Sin estar establecido en una norma, y violando las leyes, ya nos habíamos visto afectado porque algunas instituciones públicas prescindieron de nuestros servicios. Ahora, con la resolución dentro del reglamento, creemos que nos veremos más perjudicados, afirmó. La fuente señaló que el Ban cos Industrial de Venezuela, el Banco Central...

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