Decisión nº PJ0082013000398 de Juzgado Octavo Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de Caracas, de 4 de Diciembre de 2013

Fecha de Resolución 4 de Diciembre de 2013
EmisorJuzgado Octavo Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
PonenteCesar Mata Rengifo
ProcedimientoEjecución De Hipoteca

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.

Caracas, 4 de diciembre de 2013

203º y 154º

ASUNTO: AP11-M-2013-000465

PARTE DEMANDANTE: BANCO BICENTENARIO C.A BANCO UNIVERSAL, domiciliada en la ciudad de Caracas, Distrito Capital, debidamente inscrita en el Registro Mercantil Segundo del Distrito Capital, el 18 de diciembre de 2009, bajo el Nro. 42, Tomo 288-A Sgdo; inscrito en el Registro Único de Información Fiscal (R.I.F), bajo el Nro. G-20009148-7, sucesor a titulo universal del patrimonio de las Sociedades Mercantiles BANFOANDES BANCO UNIVERSAL COMPAÑÍA ANONIMA, BANFOANDES C.A., BANCO CONFEDERADO S.A., C.A CENTRAL BANCO UNIVERSAL, BANNORTE (BANORTE) Banco Comercial, C.A. y BOLIVAR BANCO C.A., siendo de esta manera BANCO BICENTENARIO, BANCO UNIVERSAL, C.A., el sucesor a titulo universal del patrimonio de la sociedad Mercantil de BANFOANDES BANCO UNIVERSAL COMPAÑÍA ANONIMA, “BANFOANDES C.A.” e inscrito en el Registro Único de Información Fiscal (R.I.F.) bajo el N° G-20009148-7.-

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDANTE: R.A.N.U. y/o G.R.N.S. y/o B.Y.C. y/o Norys A.B., inscritos en el inpreabogado bajo los Nros. 21.085, 115.498, 161.039 y 27.413 respectivamente.

PARTE DEMANDADA: GRUPO AMAZONIA, inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 16 de Junio de 2005, bajo el Nro. 74, Tomo 54-A, modificados sus estatutos sociales por asiento inscrito por ante el Registro Mercantil en fecha 20 de diciembre de 2005, anotado bajo el Nro. 29, Tomo 115-A.-

APODERADAS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: No constituido en autos.-

MOTIVO: Ejecución de Hipoteca (Transacción)

Vista la transacción celebrada en fecha veintiuno (21) de Noviembre de dos mil trece (2013), ante este Tribunal, entre las partes intervinientes en la presente demanda; este Tribunal a los fines de resolver observa:

Luego de una minuciosa revisión de los instrumentos cursantes a los autos, se verifica que ambas partes tienen capacidad para disponer del objeto sobre el cual versa la controversia y que el derecho litigioso puede ser objeto de esta actuación procesal. En tal virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1.713 y siguientes del Código Civil, este Tribunal, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA la transacción antes referida, dando por consumado el acto, por consiguiente, se da por terminado el juicio, debiéndose considerar la presente providencia como Sentencia pasada en autoridad de Cosa Juzgada, en los mismos términos en que fue suscrita por las partes.

PUBLIQUESE Y REGISTRESE

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado 8º de 1era Ins. C.M.T.B. En la Ciudad de Caracas, a los 4 de diciembre de 2013. 203º y 154º.

El Juez,

Dr. C.A.M.R.

La Secretaria

Abg. Inés Belisario Gavazut

En esta misma fecha, siendo las 12:37 PM, previo el cumplimiento de las formalidades de Ley, se publicó y registró la anterior sentencia, dejándose en la Unidad de Archivo la copia certificada a la cual hace referencia el artículo 248 de Código de Procedimiento Civil.

La Secretaria

Abg. Inés Belisario Gavazut

Asunto: AP11-M-2013-000465

CAM/IBG/Yoli

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR