Decisión de Juzgado Primero Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de Caracas, de 8 de Diciembre de 2008

Fecha de Resolución 8 de Diciembre de 2008
EmisorJuzgado Primero Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
PonenteMaría Rosa Martínez
ProcedimientoResolucion De Contrato De Venta Con Reserva De Dom

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL METROPOLITANA DE CARACAS.

Caracas, ____ de ____________ de 2008

198º y 149º

Visto el libelo de demanda y sus anexos, este Tribunal considerando que la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley LA ADMITE cuanto ha lugar en derecho, de conformidad con lo establecido en el articulo 21 de la Ley de Ventas con Reserva de Dominio en concordancia con el articulo 881 y siguientes del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia se ordena emplazar a la ciudadana A.T.E., venezolana, mayor de edad, y titular de la cédula de identidad Nº V-10.991.335, para que comparezca, por ante este Tribunal al segundo (2º) día de despacho siguiente a la constancia en autos que de su citación se haga, más tres (03) días que se le concede como término de la distancia, dentro de las horas de despacho comprendidas entre las 8:30 a.m., y las 3:30 p.m., para que dé contestación a la demanda, incoada en su contra, por BANCO DE CORO (BANCORO, C.A.), sociedad mercantil, domiciliada en Coro, Estado Falcón, inscrita en el Registro de Comercio llevado por la Secretaria del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y del Trabajo del Estado Falcón, en fecha 24 de noviembre de 1950, bajo el Nº 15, Tomo I, reformados integralmente sus Estatutos en el Registro Mercantil Primero del Estado Falcón, cuya última reforma estatutaria fue inserta por ante el referido Registro, el 17/01/2008, Nº 46, Tomo 10-A., por RESOLUCION DE CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO.

Líbrese compulsa, y comisión bajo oficio al Juzgado de Municipio del Municipio Tinaco de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, a los fines de que el alguacil de ese Tribunal practique la citación ordenada previo suministro de los fotostatos correspondientes los cuales deberán ser consignados por la parte actora mediante diligencia. Respecto a la medida preventiva solicitada este Tribunal proveerá lo conducente por auto separado en el Cuaderno de Medidas que al efecto se ordena abrir y trasladar al mismo copia certificada del libelo de la demanda y sus anexos, previo el suministro de los fotostatos respectivos mediante diligencia.

La Juez La Secretaria

Dra. Maria Rosa Martínez Catalán. Norka Cobis Ramírez

Exp. N° 46081

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