Decisión de Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito y Trabajo de Carabobo (Extensión Puerto Cabello), de 24 de Septiembre de 2007

Fecha de Resolución24 de Septiembre de 2007
EmisorJuzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito y Trabajo
PonenteClaudia Olavarria
ProcedimientoEjecución De Hipoteca

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA

EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO

Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL

DEL ESTADO CARABOBO

Puerto Cabello, 24-septiembre-2007

197º y 148°

Por cuanto de la revisión efectuada a las actas que integran el presente expediente, se observa en relación a la publicación de los edictos consignados en fecha 12-julio-2007, que la misma se inició en la semana del 29-04-2007 al 05-05-2007, y que conforme al calendario judicial de este despacho los sesenta días se cumplían en la semana del 24-06-2007 al 29-06-2007. Ahora bien, siendo la citación en cualesquiera de sus modalidades una institución revestida en la ley procesal de formalidades de estricto cumplimiento, y evidenciándose en el presente caso que no se le dio cumplimiento a las exigencias que determina el artículo 231, segundo aparte del Código de Procedimiento Civil, al señalar: “El edicto…y se publicará en dos periódicos de los de mayor circulación en la localidad o en la más inmediata, que indicara el juez, por lo menos durante sesenta días, dos veces por semana…” (subrayado del tribunal); y a los fines de evitar la nulidad de actuaciones posteriores, se declara sin efecto las publicaciones realizadas y se repone la causa al estado de que se realicen nuevas publicaciones en la forma indicada en el auto de fecha 07-diciembre-2006, acatando lo señalado en la referida Norma.

La Juez

Abogada CLAUDIA OLAVARRIA

La Secretaria,

Abogada MARITZA RAFFO.

En la misma fecha se cumplió lo ordenado.

La Secretaria,

Expediente No.

2000 / 4457

yasmira.

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