Decisión nº 1-3 de Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes. de Tachira, de 27 de Julio de 2015

Fecha de Resolución27 de Julio de 2015
EmisorTribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes.
PonenteRosa Mireya Castillo Quiroz
ProcedimientoEjecucion De Prenda Sin Desplazamiento De Posesion

TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, 27 de julio de 2015

Vista la diligencia de fecha 21 de julio de 2015, inserta al folio 60, suscrita por la abogado en ejercicio M.P.M.M., inscrita en el IPSA bajo el N° 105.378, quien actúa con el carácter de apoderada judicial de BANCRECER, S.A. BANCO MICROFINANCIERO, por medio de la cual procede a dar cumplimiento al auto dictado por este Tribunal en fecha 16 de julio de 2015, inserto al folio 59; en tal virtud, vista la diligencia de fecha 08 de julio de 2015, inserta a los folios 53 y 54, ambos inclusive, suscrita por la abogado en ejercicio M.P.M.M., inscrita en el IPSA bajo el N° 105.378, quien actúa con el carácter de apoderada judicial de BANCRECER, S.A. BANCO MICROFINANCIERO, parte demandante; y la ciudadana S.I.B., parte demandada, representada en este acto por la ciudadana GHITLA BRONSTEIN, representación acreditada en instrumento poder otorgado por ante la Notaría Pública de Ureña, Estado Táchira, en fecha 16 de mayo de 2014, autenticado bajo el N° 17, tomo 119 de los Libros de Autenticaciones llevados por esa Notaría, asistida por el abogado en ejercicio P.A.V.V., inscrito en el IPSA bajo el N° 200.248, contentiva del convenimiento efectuado por ambas partes en la presente causa; en tal virtud, la ciudadana Jueza de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil DA POR CONSUMADO EL ACTO, HOMOLOGA EL CONVENIMIENTO celebrado entre las partes, y en consecuencia, procédase como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.

El presente expediente se archivará una vez conste en autos el cumplimiento total del convenimiento celebrado.

Juez Titular

Abg. R.M.C.Q.

Secretaria Temporal

Abg. N.M.O.C.E. la misma fecha se cumplió con lo ordenado y se dejó copia certificada para los archivos del Tribunal.-

Secretaria Temporal

Exp. 085-15

RMCQ/Magally o.-

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