Decisión de Juzgado Superior Septimo en lo Civil, Mercantil y del Transito de Caracas, de 4 de Noviembre de 2014

Fecha de Resolución 4 de Noviembre de 2014
EmisorJuzgado Superior Septimo en lo Civil, Mercantil y del Transito
PonenteVictor Gonzalez
ProcedimientoCumplimiento De Contrato

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.

Caracas, cuatro (04) de noviembre de dos mil catorce (2014).

Años 204º y 155º

Este Tribunal ordena de oficio practicar cómputo por secretaría de los días de despacho transcurridos desde el día Veinte (20) de octubre hasta el tres (03) de noviembre de 2014, ambas fechas inclusive, fecha en la cual venció el lapso para ejercer el recurso a que hubiere lugar contra la decisión de fecha diecisiete (17) de octubre de 2014, dictada por este Órgano Jurisdiccional. Cúmplase.

El Juez Titular,

Dr. V.J.G.J..

La Secretaria Temporal,

M.E.R..

Quien suscribe M.E.R., Secretaria Temporal del Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, Hace Constar: Que, desde el día veinte (20) de octubre hasta el tres (03) de noviembre de 2014, ambas fecha inclusive, han transcurrido diez (10) días de despacho, los cuales se especifican a continuación: Octubre, 20, 21, 22, 23, 24, 27,28 29, 30; Noviembre, 3 de 2014. Caracas, cuatro (04) de noviembre de 2014.

La Secretaria Temporal,

M.E.R.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS. Caracas, cuatro (04) de noviembre de dos mil catorce (2014).

Años 204º y 155º

Visto el computo que antecede y por cuanto se evidencia que ninguna de las partes ejerció recurso alguno contra la decisión dictada en fecha diecisiete (17) de octubre de 2014, este Tribunal en consecuencia, ordena la remisión del expediente al Tribunal de origen, Juzgado Primero del Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Líbrese el correspondiente oficio de remisión. Cúmplase.

El Juez Titular,

Dr. V.J.G.J..

La Secretaria Temporal,

M.E.R..

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.

Caracas, cuatro (04) de noviembre de dos mil catorce (2014).

Años 204º y 155º

Oficio N° 2014-A-

Ciudadano

Juez Primero del Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas

Su Despacho

Me dirijo a usted, con la finalidad de remitirle anexo al presente oficio el expediente signado con el N° AP71-R-2014-000741 (113) de la nomenclatura llevada por este Tribunal, contentivo del juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO Y COBRO DE BOLIVARES sigue BANESCO, BANCO UNIVERSAL C.A. contra la ciudadana R.C.S.E., constante de una (02) piezas, la pieza principal constante de trescientos ochenta y seis (386) folios útiles y un cuaderno de medidas que consta de setenta y ocho (78) folios útiles.-

Remisión que se hace, en virtud de haber sido declarada firme en esta misma fecha, la decisión dictada por este Tribunal en fecha diecisiete (17) de octubre de dos mil catorce (2014).

DIOS Y FEDERACION

El Juez Titular,

Dr. V.J.G.J..

VJGJ

EXP. N° AP71-R-2014-000741 (113)

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