Decisión de Jugado Primero de Primera Instancia Agrario de Caracas, de 22 de Enero de 2009

Fecha de Resolución22 de Enero de 2009
EmisorJugado Primero de Primera Instancia Agrario
PonenteCarmen Elena Villarroel
ProcedimientoEjecución De Hipoteca

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN

JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS

Caracas, 22 de enero de 2009.

198° y 149°

Vista la diligencia de fecha 20 de enero de 2009, suscrita por el abogado J.R.G., en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, mediante la cual informa al Tribunal que la parte demandada dio cumplimiento al pago total de la deuda, e igualmente solicitó se concluya el juicio y se archive definitivamente el presente expediente, este Tribunal da por terminado el presente juicio, ordenándose la suspensión de la medida de prohibición de enajenar y gravar decretada en fecha 08 de enero de 2004, y notificada al Registro Subalterno del Municipio Autónomo Girardot de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes mediante oficio Nº 2004-009 de la misma fecha, sobre:

“Un inmueble denominado “HATO LA ESPERANZA”, constituido por la integración de cuatro derechos de terreno, ubicados en la posesión conocida como El Pantano del Distrito Girardot del Estado Cojedes, integrado por los inmuebles siguientes: 1) Derechos y acciones sobre un terreno de labor y cría constante de seiscientas varas (600 V), en la posesión de la indivisa denominada El Pantano, situada en jurisdicción del Municipio Girardot del Estado Cojedes, comprendido dentro de los linderos siguientes: NACIENTE: Sabana Miravaleña; PONIENTE: Sabana que es o fue de R.C., Cordero y Trujillo; NORTE: El Río Iguis; SUR: Sabanas que son o fueron de Geronimeras y Ochoeras. 2) Derechos y acciones sobre un terreno de labor y cría constante de seiscientas veinticinco hectáreas (625 Has.), en posesión El Pantano, situado en la jurisdicción del Distrito Girardot del Estado Cojedes, comprendido dentro de los linderos siguientes: NORTE: Las barrancas del Río Iguis; NACIENTE: Posesión Moreno; PONIENTE: Terrenos de la posesión Hato Real y SUR: Posesión S.R.. 3) Un terreno de labor y cría denominado El Pantano, situado en la misma jurisdicción del Distrito Girardot del Estado Cojedes, constante de legua y media, comprendido dentro de los linderos siguientes: NACIENTE: El paso del Dividivi, en el Río Iguis y de ahí a la punta de la mata denominada El Pantano y de ahí en línea recta a los Cocuicitos en la Barranca del Gato Negro; PONIENTE: El samán llamado La Cruz línea recta al Paso Real al Río Iguis; SUR: Aguas del C.N. arriba, hasta llegar al mismo samán de La Cruz; y NORTE: Aguas abajo hasta el Paso Real del C.I. hasta el Paso del Dividivi del mismo Iguis. 4) Derechos y acciones del fundo pecuario denominado Iguis, situado en jurisdicción del Municipio Girardot del Estado Cojedes, comprendido dentro de los linderos siguientes: NORTE: Barrancas del Río Iguis; PONIENTE: Terrenos que son o fueron de Gevacio Carrasco; NACIENTE: Con Camino real; SUR: Caño denominado C.N..”

Esta medida es extensiva a todas las mejoras y bienhechurías existentes y por fomentar en la misma.

Dicho inmueble pertenece a la sociedad Mercantil HATO LAS YEGUAS, C.A., según consta en documento protocolizado ante la Oficina Subalterna de Registro Público del Municipio Autónomo Girardot del Estado Cojedes, en fecha veinte (20) de diciembre de 1990, bajo el N° 33 folios 67 al 73, Protocolo Primero, Tomo Adicional.

A tales efectos, se ordena notificar a la Oficina Subalterna de Registro Público del Municipio Autónomo Girardot del Estado Cojedes y la remisión del presente expediente a los Archivos Judiciales, una vez conste en autos acuse de recibo del respectivo Registro informando haber tomado la debida nota. Líbrese oficio. Cúmplase con lo ordenado.

LA JUEZ,

C.E.V.G.

LA SECRETARIA, ACC

LARY C.S.

Exp. N° 2004-3451

CEVG/LCS/JLC.-

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