Decisión de Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de Carabobo (Extensión Valencia), de 10 de Marzo de 2010

Fecha de Resolución10 de Marzo de 2010
EmisorJuzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario
PonenteRosa Margarita Valor Palacios
ProcedimientoCobro De Bolívares (Procedimiento Intimatorio)

GADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-

Valencia, 10 de Marzo de 2010.

199º y 151º

EXPEDIENTE: Nº 56.009.

DEMANDANTE: BANESCO BANCO UNIVERSAL, C. A.

DEMANDADO: S. M. TERROCONCRETO, C. A.

MOTIVO: COBRO DE BOLIVARES (PROC. INTIMATORIO)

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA

(MEDIDAS).

Vista la diligencia de fecha 02 de Marzo de 2010, suscrita por el abogado L.E.H. S., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.664.201, inscrito el IPSA bajo el Nº 102.405, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la Sociedad Mercantil BANESCO BANCO UNIVERSAL, C. A., en la cual solicita se sustituya la medida de Embargo preventivo decretada por este Juzgado en fecha 16 de noviembre de 2009; y se deje sin efecto, la comisión librada al Juzgado Distribuidor Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua, San Diego y C.A. de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a cuyos efectos consigna el despacho dirigido a los fines; en consecuencia, visto lo solicitado este Tribunal, acuerda dejar sin efecto la medida cautelar de Embargo Preventivo; y por cuanto observa, que se encuentran llenos los requisitos de los Artículos 644 y 646 del Código de Procedimiento Civil; DECRETA MEDIDA DE PROHIBICION DE ENAJENAR Y GRAVAR: Sobre un (1) inmueble constituido por una parcela de terreno distinguida con el Nº 1181 y la casa-quinta sobre ella construida, el cual forma parte de la Urbanización Prebo, Segundo Sector, calle 139 (avenida 36), Nº Cívico 112-21, Código Catastral 08-14-7-U-21-11-09, en Jurisdicción de la Parroquia San J. delM.V. delE.C.. Dicha parcela de terreno tiene un área aproximada de SEISCIENTOS DIECIOCHO METROS CUADRADOS CON TRECE DECIMETROS CUADRADOS (618,13mts2); y, se encuentra comprendido dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: Con avenida 36, midiendo por este lado Dieciséis Metros (16mts); SUR: Con área verde deportiva de la misma Urbanización, midiendo por este lado Dieciséis metros con Sesenta y Cuatro Centímetros (17,64mts); ESTE: Con parcela Nº 1.182, midiendo por este lado treinta y ocho metros(38,80mts); y, OESTE: Con parcela Nº 1.180, midiendo por este lado Treinta y Cinco Metros con Cincuenta Centímetros (35,50mts). La casa-quinta tiene un área de construcción aproximada de Quinientos Doce Metros Cuadrados (512mts2). El mencionado inmueble pertenece a la demandante según documento protocolizado ante la Oficina de Registro Publico del primer Circuito del Municipio V. delE.C., en fecha 14 de septiembre de 2005, bajo el Nro. 36, Folios 01 vto al 11 vto, Tomo 24, Protocolo Primero. Líbrese Oficio. Y ASÍ SE DECIDE.-

LA JUEZA TITULAR,

ABOG. R.M. VALOR P.

LA SECRETARIA,

ABOG. R.V. ANGULO.

En la misma fecha se Libraron Oficios y Comisión.-

LA SECRETARIA,

ABOG. R.V. ANGULO.

Exp. Nº: 56.009

RMV/ymrb.-

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