Decisión de Juzgado Superior Septimo en lo Civil, Mercantil y del Transito de Caracas, de 4 de Marzo de 2015
Fecha de Resolución | 4 de Marzo de 2015 |
Emisor | Juzgado Superior Septimo en lo Civil, Mercantil y del Transito |
Ponente | Victor Gonzalez |
Procedimiento | Cobro De Bolivares |
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, cuatro (04) de marzo de 2015
204 y 156
Vista la diligencia cursante al folio que antecede, suscrita por la abogada G.P.G.C. en su condición de apoderado judicial de la parte co-demandada, mediante la cual indica que en el expediente no consta la dirección del defensor ad litem, toda vez que fue citado en la sede de los Tribunales y como hasta la presente fecha no se ha dado por notificado, ruega se proceda a librar carteles publicados en prensa a los fines de concretar la notificación de la sentencia de fecha 30.09.2014 a los co-demandados., en virtud de ello, esta alzada acuerda librar cartel de notificación a en la persona de los ciudadanos co-demandados E.A.R.H. y J.C.F.P. y/o en la persona de su defensor ad-litem, abogado O.J.C.D.G., debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 20.424, en consecuencia el mismo deberá ser publicado en el diario ÚLTIMAS NOTICIAS, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil. CÚMPLASE.
EL JUEZ TITULAR,
Dr. V.J.G.J..
LA SECRETARIA.
Abg. M.E.R..
AP71-R-2011-000409
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, cuatro (04) de marzo de 2015
204 y 156
CARTEL DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER
A los ciudadanos: E.A.R.H. y J.C.F.P. y/o en la persona de su defensor ad-litem, abogado O.J.C.D.G., debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 20.424, parte co-demandada, en el Juicio que por COBRO DE BOLÍVARES le sigue en su contra la sociedad mercantil BANPLUS ENTIDAD DE AHORRO Y PRÉSTAMO, C.A., sustanciado en el expediente signado con el número AP71-R-2011-000409, nomenclatura llevada por este Tribunal; que de conformidad con lo establecido en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, se le concede un lapso de diez (10) días de Despacho, contados a partir de la publicación del presente Cartel en el diario ÚLTIMAS NOTICIAS y su consignación en autos, para que comparezca por ante este Juzgado a darse por notificado de la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 30.09.2014; que cursa en el presente expediente. Se le advierte que de no comparecer en el lapso señalado, se le tendrá por notificado conforme al artículo antes citado.-
Cartel que se libra de conformidad con lo establecido en el artículo 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil.-
EL JUEZ,
Dr. V.J.G.J.
AP71-R-2011-000409